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Ayudas a la vivienda: ¿eres uno de los afortunados?

Por SOITU.ES
Actualizado 01-01-2008 13:44 CET

MADRID.-  A partir del 2 de enero los jóvenes menores de 30 años podrán solicitar las ayudas al alquiler anunciadas por el Gobierno el 18 de septiembre. No todos serán afortunados. Antes de pedirlas, comprueba si cumples los requisitos exigidos.

  • Edad. Tener entre 22 y 30 años.
  • Salario. Ganar menos de 22.000 euros brutos al año. Siempre y cuando el solicitante no seas becario de investigación, parado o preceptor de una pensión de incapacidad.
  • Contrato laboral. Llevar un mínimo de seis meses con el mismo contrato o tener una duración prevista de al menos seis meses a partir del día de la petición.
  • Contrato del piso. Ser titular, o co-titular, del contrato de arrendamiento de la vivienda en la que se vive de forma permanente y para la que se pide la prestación.
  • Propietario del inmueble. El dueño del piso alquilado no puede ser una persona de la misma familia, ya sea en parentesco de primer grado o de segundo.
  • Nacionalidad. Los extranjeros no comunitarios deben contar con la residencia legal permanente en España.
  • Otros requisitos. El solicitante sólo podrá tener una vivienda propia si no dispone de su uso o disfrute. O bien, si su valor catastral no excede del 60% del precio máximo de una vivienda protegida del precio general.

Otras cosas que debes saber

  • La duración de la ayuda es de cuatro años como máximo.
  • Además de los 210 euros mensuales para pagar el alquiler, en caso de contratos nuevos los beneficiarios recibirán un préstamo sin intereses de 600 euros para la fianza. Éstos deberán ser devueltos una vez finalice el contrato o se deje de recibir la renta de emancipación. Además, obtendrán 120 para el coste de tramitación del aval.
  • Las ayudas permitirán a los beneficiarios ahorrarse 2.520 euros al año, y en total 10.080 durante los cuatro años que dura la prestación.
  • Sólo habrá una prestación por piso alquilado. Es decir, si dos personas que cumplen los requisitos anteriores comparten piso, la ayuda se prorrateará entre ellos. Cada uno recibirá 105 euros al mes.
  • El formulario (www.alquiler.es) y la copia del contrato deberán presentarse en el departamento competente en materia de vivienda de la Comunidad Autónoma de cada uno.
  • En un plazo de dos meses a partir de la solicitud, los beneficiarios obtendrán la primera ayuda.
  • Si el solicitante aún no tiene contrato de alquiler puede pedir las ayudas y tendrá un plazo de tres meses para buscar casa y presentar una nueva solicitud aportando el contrato de alquiler.
  • La renta de emancipación es compatible con las ayudas, subvenciones o beneficios fiscales que existan en cada Comunidad Autónoma, pero no con las ayudas al inquilino de 240 mensuales durante dos años establecidas en el Plan Estatal de Vivienda (2005-2008).
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