Pamplona.- Un 21% de las personas que se han comprado vivienda en los últimos diez años han tenido algún problema con ella, mayoritariamente en relación con algún defecto en la construcción de la casa.
Así lo refleja una encuesta encargada por la Asociación de Consumidores de Navarra Irache a la empresa Cíes, que apunta a las dificultades en las relaciones con la comunidad de vecinos como los siguientes problemas en orden de importancia.
Según ha informado Irache en una nota, en ocasiones, los problemas surgen antes de poder habitar la vivienda, en el proceso de compra.
Las principales quejas que llegan a la asociación antes de recibir la vivienda son las de inexistencia de aval de la promotora, que evitará problemas al consumidor en caso de quiebra, desaparición o suspensión de pagos; o la subrogación en el préstamo del promotor, de forma que no se tiene obligación de hacer la hipoteca con la entidad bancaria que opera con la promotora.
También hay quejas relacionadas con la falta de fecha de entrega, ya que existe obligación legal de consignar una fecha de entrega clara y precisa de la vivienda; y con la información a disposición del público, de forma que se debe tener a disposición del público el plano de emplazamiento, de la propia vivienda, de las redes eléctricas, de las redes de agua, gas y calefacción así como de las medidas contra incendios.
Otra serie de problemas suelen surgir una vez que la casa ha sido entregada a sus compradores, en el momento de entrar a vivir o transcurrido un tiempo, y las más habituales suelen tratar sobre humedades o aislamientos, golpes en las paredes, pintura levantada o rodapiés mal acabados o baldosas levantadas.
Irache advierte de que las reclamaciones tienen unos plazos concretos para poder ejercitarse dependiendo de su naturaleza, y es aconsejable hacerlas de forma fehaciente -por ejemplo, mediante burofax con acuse de recibo y certificación de texto-.
En primer lugar, es recomendable dirigirlas al promotor, aunque en muchos casos, puede ser aconsejable también remitir la reclamación al constructor, al arquitecto o al aparejador.
A partir de surgir el defecto, el consumidor tiene dos años para reclamarlo, plazos que afectan a aquellos edificios cuya licencia de obras se hubiese obtenido con posterioridad al 5 de mayo de 2000.
Para las viviendas más antiguas, se aplica el código civil, que estipula seis meses para reclamar los "vicios ocultos" y diez años para los "ruinógenos".
Si quieres firmar tus comentarios puedes iniciar sesión »
En este espacio aparecerán los comentarios a los que hagas referencia. Por ejemplo, si escribes "comentario nº 3" en la caja de la izquierda, podrás ver el contenido de ese comentario aquí. Así te aseguras de que tu referencia es la correcta. No se permite código HTML en los comentarios.
Lo sentimos, no puedes comentar esta noticia si no eres un usuario registrado y has iniciado sesión.
Si ya lo estás registrado puedes iniciar sesión ahora.