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La Junta admite el "revés" de las sentencias del TSJA aunque "no cuestionan la Ley"

EFE
Actualizado 21-01-2009 13:28 CET

Granada.-  Las dos sentencias del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) que admiten la objeción contra la asignatura Educación para la Ciudadanía (EpC) han supuesto "un cierto revés" aunque "no cuestionan la ley", ha afirmado hoy el delegado del Gobierno andaluz en Granada, Jesús Huertas.

Se trata de los dos primeros fallos judiciales que afectan a alumnos de Granada y, según la Sala Contencioso-Administrativa del TSJA, en ambos casos está "justificada" la objeción, de forma que los alumnos no tendrán que ser evaluados de la asignatura y no afectará a la obtención de los títulos pertinentes.

Huertas ha manifestado a Efe que ambas sentencias "regulan el derecho ciudadano de la objeción de conciencia en casos singulares y puntuales" pero "no cuestionan la ley", que sigue "plenamente en vigor" y que es defendida por la Junta por su "validez y oportunidad".

Aunque supone "un cierto revés" el reconocimiento a la objeción de conciencia en estos casos concretos, la Junta no atenderá la petición de la plataforma independiente de padres La Rosa Blanca en Granada de retirar la asignatura porque "acierta en la consecución de los objetivos de inculcar los valores constitucionales y de ciudadanía".

El delegado del Gobierno ha recordado además que Educación para la Ciudadanía es aceptada de forma mayoritaria por alumnos, padres y profesores.

Según los últimos datos facilitados en noviembre por la Plataforma Córdoba Educa en Libertad, más de 8.000 alumnos andaluces, 1.032 de ellos de Granada, han declarado ya su objeción de conciencia a EpC, lo que representa un 16 por ciento del total nacional.

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