Bruselas.- El Tribunal de Justicia de la Unión Europea desestimó hoy el recurso interpuesto por la empresa Distribuidora Vizcaína de Papeles contra una multa de 1,75 millones de euros que le impuso la Comisión Europea (CE) por participar en un pacto de precios para el papel autocopiativo.
La Corte de Luxemburgo respalda así la sentencia del Tribunal de Primera Instancia que ya había rechazado un recurso anterior presentado por la papelera por la misma causa.
El Tribunal de Justicia sí anuló, por el contrario, la decisión de la CE relativa a la compañía francesa Bolloré (condenada a pagar 22,7 millones de euros).
Los jueces entienden que en el caso de Bolloré, el Ejecutivo comunitario "vulneró el derecho de defensa" de la empresa al considerarla "responsable por su implicación personal", y no sólo por su implicación como sociedad matriz de su filial Copigraph.
En la misma sentencia, el Tribunal también resuelve desestimar el recurso presentado por una tercera sociedad, la papelera Koehler, sobre la que pesaba una multa de algo más de 33 millones de euros.
La CE impuso en 2001 un total de 313,7 millones de multa a diez empresas papeleras -tres de ellas españolas- por pactar subidas de precios y repartirse el mercado en el sector del papel autocopiativo.
En 2007, el Tribunal de Primera Instancia desestimó la mayoría de los recursos interpuestos por las compañías contra la decisión de la Comisión, pero redujo la multa impuesta a la española Papelera Guipuzcoana de Zicuñaga de 1,54 millones a 1,309 millones de euros.
Bolloré, Divipa y Koehler recurrieron la sentencia en casación ante el Tribunal de Justicia que ahora ha confirmado la multa impuesta por Bruselas para las dos últimas.
La tercera compañía española implicada, Torraspapel, no recurrió la decisión en casación y ha de hacer frente a una multa de 14,17 millones de euros.
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