MADRID.- El Pleno del Congreso someterá este jueves a votación las enmiendas incorporadas por el Senado al texto de reforma de la Ley del Mercado Hipotecario, con lo que el proyecto legislativo afrontará el último trámite parlamentario que le resta para su aprobación definitiva.
El Pleno del Congreso someterá este jueves a votación las enmiendas incorporadas por el Senado al texto de reforma de la Ley del Mercado Hipotecario, con lo que el proyecto legislativo afrontará el último trámite parlamentario que le resta para su aprobación definitiva.
Entre las modificaciones introducidas por la Comisión de Economía y Hacienda del Senado destaca una propuesta, inicialmente impulsada por el PP pero luego modificada y acordada con el PSOE, que permite que se puedan realizar hipotecas inversas no sólo sobre la vivienda habitual, sino también sobre la segunda vivienda.
Esta contempla que la hipoteca inversa pueda ser solicitada sobre cualquier vivienda en propiedad, aunque con la excepción de que los beneficios fiscales se reservan exclusivamente para la hipoteca inversa sobre la vivienda habitual.
El PSOE introdujo también una enmienda sobre las hipotecas flotantes --que suelen tener como finalidad garantizar con una sola hipoteca todas aquellas obligaciones, existentes y futuras, que haya o pudiera llegar a haber entre acreedor y deudor--, y que tiene por objeto mejorar la financiación de pequeñas y medianas empresas (pymes). Además, salieron adelante otras enmiendas no relacionadas directamente con la ley, como la del régimen de beneficios fiscales de la Copa de América de Valencia.
Igualmente, han prosperado varias enmiendas de CiU y PP a pesar del voto contrario del PSOE. En concreto, a iniciativa del PP ha salido adelante que los registradores y notarios cobren lo mismo, algo que desde las filas del PSOE consideran que únicamente servirá para que los consumidores paguen más.
También se aprobó, a iniciativa de CiU, que a las administraciones públicas se les permita contratar a través de ETT. En cualquier caso, la portavoz socialista en la Comisión y ponente de la Ley, Yolanda Vicente, confirmó a Europa Press que estas enmiendas incorporadas sin el apoyo del PSOE no estarán en el texto definitivo, ya que serán rechazadas en el Congreso con los votos del PSOE y los de algún otro grupo parlamentario.
REDUCIÓN DE LA COMISIÓN POR CANCELACIÓN ANTICIPADA
Entre las medidas más importantes de la ley, que se aplicará a los préstamos contratados a partir de su entrada en vigor, se encuentra la reducción desde el 1% al 0,5% de la comisión máxima por cancelación anticipada de hipoteca o subrogación en las firmadas a tipos de interés variable.
Asimismo, las comisiones que estén previstas contractualmente por amortización de capital anticipado se reduzcan al 0,25% si se producen después de los 5 primeros años de vida del crédito.
En las hipotecas suscritas a tipos de interés fijo, este porcentaje del 0,5% solo podrá aumentarse cuando la cancelación anticipada o subrogación genere una ganancia de capital para el prestatario y una pérdida de capital para la entidad, esto es, si los tipos de interés están por debajo del tipo al que se contrató la hipoteca.
En este caso, el porcentaje de la comisión que pueden aplicar las entidades financieras es libre, tal y como sucede ahora con la cancelación anticipada en préstamos a tipos de interés fijo. Sin embargo, la entidad no podrá cobrar esta compensación si la cancelación anticipada o subrogación le genera una ganancia y una consiguiente pérdida para el cliente, por ejemplo, en un contexto como el actual de subida de tipos de interés.
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