Madrid.- El Tribunal Supremo estudiará el próximo 19 de diciembre una demanda de un matrimonio de Alicante contra 5 magistrados del Tribunal Constitucional, entre ellos su presidenta, María Emilia Casas, en la que piden una indemnización porque estiman que éstos inadmitieron un recurso sin entrar en el fondo del asunto.
El Tribunal Supremo estudiará la demanda de un matrimonio de Alicante contra 5 magistrados del Tribunal Constitucional, entre ellos su presidenta, María Emilia Casas (en la imagen), en la que piden una indemnización porque estiman que éstos inadmitieron un recurso sin entrar en el fondo del asunto.
La demanda ha sido planteada en representación del matrimonio por el abogado José Luis Mazón, y el pleno de la sala de lo civil del Tribunal Supremo (TS) deliberará el próximo 19 de diciembre sobre la admisión o no de dicha demanda, según lo acuerda este tribunal en una providencia a la que tuvo acceso Efe.
El letrado formula demanda de juicio ordinario de responsabilidad civil contra Casas, Javier Delgado, Roberto García-Calvo, Jorge Rodríguez-Zapata y Manuel Aragón, a quienes reclama en total 10.000 euros por infracción de deberes en su actividad profesional.
El matrimonio denunció que han soportado entre enero de 1997 hasta octubre de 2000 niveles de ruido superiores a los permitidos reglamentariamente, lo que ha afectado a su salud.
En 2003 los demandantes, ambos licenciados en Derecho, formularon un recurso de amparo ante el TC en el que impugnaban una sentencia de la Audiencia Provincial de Alicante que concluía que no existían perjuicios indemnizables por el referido ruido.
Tras ello interpusieron un incidente de nulidad de la sentencia por considerar que se había omitido toda valoración relativa a una prueba pericial psicológica efectuada, lo que no admitió la Audiencia alicantina.
Posteriormente, interpusieron un recurso de amparo ante el TC, que lo desestimó.
Según el letrado, el TC tomó esta decisión con "patente arbitrariedad" y con una argumentación "falsa y maliciosa" de que al promover la nulidad de actuaciones no se denunciaron defectos reales de forma que hubieran causado indefensión.
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