La norma establece que no serán consideradas arbitrarias las diferencias objetivas en remuneraciones que se funden en las capacidades, calificaciones, idoneidad, responsabilidad o productividad del trabajador o trabajadora.
"Esta ley va a entregar un nuevo instrumento para que las brechas salariales puedan irse eliminando", destacó la Ministra del Servicio Nacional de la Mujer (Sernam), Laura Albornoz, al referirse a la promulgación de la Ley 20.348 que modifica el Código del Trabajo, resguardando el derecho a la igualdad de remuneraciones entre hombres y mujeres que desempeñan una misma función.
La Secretaria de Estado afirmó que gracias a esta normativa "todas las empresas del país, sin importar su tamaño, van a estar obligadas a respetar el principio de igualdad salarial por el mismo tipo de trabajo entre hombres y mujeres". Añadió que "a contar de la publicación de la ley este principio es aplicable para todas las empresas".
Por otro lado, la Ministra del Sernam sostuvo que "las empresas de más de 200 trabajadores tienen un plazo de 6 meses para organizar o establecer organigramas internos, con definición de perfiles de cargo, a objeto de transparentar cómo se regulan las relaciones". Sin embargo, reiteró que "la exigencia de cumplir con la no discriminación salarial rige para todas las empresas desde el momento mismo de la publicación de la ley".
La nueva normativa aprobada en forma unánime por el Congreso Nacional y promulgada esta semana por la Presidenta Bachelet- establece el principio de igualdad de salarios entre ambos sexos cuando cumplan la misma función en una misma empresa, incorporando la obligación del empleador a cumplir dicho principio.
De acuerdo a la ley no serán consideradas arbitrarias las diferencias objetivas en las remuneraciones que se funden, entre otras razones, en las capacidades, calificaciones, idoneidad, responsabilidad o productividad del trabajador o trabajadora.
Cabe destacar que aquellas empresas que no presenten diferencias arbitrarias en la remuneración de sus trabajadores y trabajadoras, tendrán un incentivo especial, que se traduce en que podrán solicitar un 10% de rebaja ante eventuales multas, salvo en casos de prácticas antisindicales o infracciones a los derechos fundamentales.
Las denuncias fundadas sobre discriminación salarial se efectuarán, en primera instancia, ante el empleador, cuya respuesta fundamentada deberá entregarse en un plazo no mayor a 30 días a partir de la fecha del reclamo.
En caso que se agote el proceso de reclamación interno en la empresa, quedará sujeto al procedimiento de tutela de derechos fundamentales previsto en la nueva Justicia Laboral.
Programa Iguala
En el sentido de promover la igualdad de género en el ámbito laboral, el Servicio Nacional de la Mujer lleva a cabo el Programa de Buenas Prácticas Laborales con Equidad de Género, "Iguala", iniciativa que busca mejorar la participación y posición de las mujeres en los sectores punta de la economía nacional.
Este programa contempla tres aspectos esenciales:
- Promoción de la no discriminación de las mujeres en su acceso al mercado laboral.
- Propiciar la no discriminación en el empleo de las mujeres promoviendo buenas prácticas laborales con equidad de género al interior de la empresa y servicios públicos.
- Contribuir a la reducción de la segregación laboral que afecta a las mujeres, abriendo espacios para ellas en actividades tradicionalmente reservadas para hombres.
Más información: www.iguala.cl
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