El Fondo Nacional de Salud (Fonasa) desarrolla la campaña "Salud siempre segura, sea cual sea tu condición laboral", que apunta a informar a los trabajadores, temporeros y beneficiarios del Seguro de Desempleo y Subsidio de Cesantía sobre sus garantías, especialmente su derecho a la atención de salud, tanto en la Modalidad de Acceso Institucional, en consultorios y hospitales, como en la Modalidad de Libre Elección, que permite la compra de bonos y atención en centros privados.
Si una persona pierde su trabajo y mantiene alguna de las condiciones que a continuación se señalan, estará protegido con Fonasa junto a su familia. Podrá acceder a los beneficios que ofrece la entidad, incluido el AUGE.
Si la persona es afiliada a Fonasa y tenía un contrato de trabajo por días, por obra o faena determinada, por los 12 meses siguientes a la última cotización en Fonasa mantiene sus derechos. De este modo, podrá acceder a las atenciones de salud de la Red Pública y también a la Libre Elección de Fonasa.
Si era un trabajador dependiente y está recibiendo el subsidio de cesantía o los beneficios del seguro de desempleo, por el mismo período de duración del subsidio de cesantía o del seguro de desempleo, tendrá derecho a cualquier atención de la Red Pública y también a la Libre Elección de Fonasa.
Si la persona deja de recibir el subsidio de cesantía o el beneficio del seguro de desempleo o simplemente no tuvo derecho a ellos, mientras está desarrollando alguna actividad que permita acreditar su condición de trabajador independiente, cotizando para el fondo de pensiones y para salud en Fonasa, tendrá derecho a cualquier atención de la Red Pública y también a la Libre Elección de Fonasa.
Además, mientras tenga la condición de carente de recursos para salud, tendrá derecho a cualquier atención de la Red Pública.
Documentación necesaria para acreditar nueva condición
1. Si ya es afiliado a Fonasa y tenía un contrato de trabajo por días, por obra o faena determinada, debe presentar:
Las planillas que acrediten a lo menos 60 días de cotizaciones, continuas o discontinuas, durante los últimos 12 meses si tenía un contrato "por días".
Las planillas que acrediten a lo menos 4 meses de cotizaciones, continuas o discontinuas, durante los últimos 12 meses si tenía un contrato "por obra o faena determinada".
Fotocopia del último contrato, ya sea por días, por obra o faena determinada.
Luego de finalizado el proceso de acreditación, el ejecutivo de la sucursal señalará el tramo en el que queda clasificado junto a sus cargas familiares (tramo B, C o D), para los 12 meses siguientes a la última cotización.
La persona no perderá sus derechos, si complementariamente recibe el subsidio único familiar, subsidio de cesantía, seguro de desempleo o alguna pensión básica solidaria no afecta a cotización.
2. Si era un trabajador dependiente y está recibiendo el subsidio de cesantía o los beneficios del seguro de desempleo
Si recibe el subsidio de cesantía debe presentar:
Cédula de identidad.
Certificado para la obtención de credencial de salud completo firmado por él.
Comprobante de pago de dicho subsidio.
Si el titular o alguna de sus cargas era beneficiario de una Isapre, debe presentar carta de desafiliación.
Si requiere acreditar cargas, debe presentar también el documento que otorgue el derecho a asignación familiar de las cargas, emitido por el Instituto de Previsión Social (ex INP) o Caja de Compensación, según corresponda.
Si la persona recibe los beneficios del seguro de desempleo:
Es beneficiario de Fonasa desde que la Administradora de Fondos de Cesantía certifica el derecho a dicho seguro (dos días antes del 1° pago del beneficio).
Si alguna de sus cargas era beneficiario de una Isapre, debe presentar carta de desafiliación.
Si requiere acreditar cargas que no se encuentren registradas en la Base de Datos de Fonasa, debe presentar también el documento que otorgue el derecho a asignación familiar de las cargas, emitido por el IPS, ex INP o Caja de Compensación, según corresponda.
Todos quienes reciban el subsidio de cesantía quedan clasificados automáticamente en Fonasa en el tramo B. Y quienes estén recibiendo los beneficios del seguro de desempleo, el monto del beneficio determinará el tramo de clasificación en FONASA (B, C o D) mes a mes.
3. Si deja de recibir el subsidio de cesantía o el beneficio del seguro de desempleo o simplemente no tuvo derecho a ellos.
Con Fonasa existen 2 alternativas:
a. Cotizar como trabajador independiente, si se encuentra desarrollando alguna actividad:
Cuando complete 6 meses de cotizaciones para previsión y salud, dentro de 12 meses, tendrá derecho a las atenciones de salud que ofrece Fonasa.
Luego, debe acercarse a cualquier sucursal de Fonasa con su cédula de identidad y fotocopia de los comprobantes de pago de dichas cotizaciones.
Si persona o alguna de sus cargas era beneficiario de una Isapre, debe presentar también carta de desafiliación.
Si tiene que acreditar cargas, debe presentar también:
Declaración jurada simple que explicite que el cónyuge y/o hijos no perciben ingresos y que viven a sus expensas.
Libreta o certificado de matrimonio y/o certificados de nacimiento para acreditar a los hijos menores de 18 y hasta 24 años -siempre que estudien-, adjuntando el certificado de alumno regular.
b. Acreditar condición de carencia de recursos para salud en el consultorio correspondiente. Los pasos a seguir son:
Ir al consultorio de atención primaria donde esté inscrito. El calificador de derechos del establecimiento entregará un formulario que se deberá completar.
Cuando esté completo dicho formulario, debe presentarlo en el mismo establecimiento, junto a su cédula de identidad.
Información complementaria
Subsidio de Cesantía
Se otorga al trabajador dependiente del sector público o privado, que haya perdido su trabajo por causas ajenas a su voluntad, con excepción de aquellos trabajadores del sector privado que estén afectos al Régimen de Seguro de Desempleo, es decir de los que inicien o reinicien actividades laborales con posterioridad al 1 de octubre de 2002.
También podrán solicitar el subsidio trabajadores de casa particular y trabajadores independientes que al 1 de agosto de 1974 tenían derecho a este beneficio.
Los trabajadores del sector privado deben solicitarlo en el IPS o en la Caja de Compensación que se encuentre afiliado el ex trabajador. En tanto, los trabajadores del sector público deben solicitarlo ante el mismo ex empleador.
Duración del beneficio: Se paga por cada día que el trabajador permanezca cesante con un tope de 360 días. Se otorga primero por 90 días renovables, si se acredita que persiste la condición de cesante.
Seguro de Desempleo
Cuando el trabajador queda cesante deberá contar con algún documento que acredita el término de la relación laboral para solicitar el beneficio del Seguro de Desempleo. Dicha solicitud se realiza ante la Administradora de Fondos de Cesantía.
Con el documento antes descrito y carné de identidad, debe acudir a cualquier Centro de Atención al Afiliado, esto es cualquier AFP que tenga en la puerta el logo de "AFC CHILE". Y llenar la solicitud de beneficios al Seguro de Desempleo.
En la AFC comunicarán si tiene derecho al beneficio monetario del Seguro, especificando si además puede acceder al Fondo de Cesantía Solidario o sólo a la Cuenta Individual de Cesantía.
Duración del beneficio
Cuenta Individual de Cesantía: El trabajador tendrá derecho a realizar tantos giros mensuales de su Cuenta Individual por Cesantía como su saldo de dicha cuenta le permita financiar.
Fondo de Cesantía Solidario: La duración del beneficio es de hasta 5 meses para quienes hayan tenido contrato indefinido, recibiendo en forma decreciente una renta equivalente al 50% del promedio de sus remuneraciones del último año. Para quienes tuvieron contrato a plazo o por obra, trabajo o servicio determinado, la duración es de 2 pagos.
El fondo de cesantía se puede extender por 2 meses adicionales en caso de alta cesantía.
Más información:
600 360 3000
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