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celulas madre

El Fiscal del TSJA pide el archivo de la causa contra los investigadores con células madres

EFE
Actualizado 30-11-2007 11:27 CET

Granada.-  La Fiscalía del TSJA ha pedido que se decrete el "inmediato archivo" de las diligencias previas abiertas contra cuatro investigadores del Banco Nacional de Líneas Celulares de Granada, que fueron denunciados por un delito de manipulación genética, ante la "falta de relevancia penal" de los hechos.

En el escrito del fiscal jefe del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Jesús García Calderón, al que hoy ha tenido acceso EFE, se precisa que las prácticas denunciadas por una mujer de Santiago de Compostela, que sostenía que investigar con preembriones supone un atentado contra la vida, están amparadas por la ley.

Por ello, manifiesta, que no se puede inferir en los científicos la existencia de responsabilidad penal alguna, sin que además deba tener lugar la práctica de las diligencias probatorias, ni las medidas cautelares de la suspensión de la actividad solicitadas por la denunciante.

Para argumentar su postura, en un documento de cuatro páginas que ha sido remitido al Juzgado de Instrucción 8 de Granada, que investiga el caso, el fiscal hace referencia a hasta dieciséis normas de carácter comunitario, estatal o autonómico como "marco legal básico" para el desarrollo de estas investigaciones.

García Calderón sostiene que, al margen de esta normativa, guarda una especial importancia con los hechos denunciados la más reciente Ley de Investigación Biomédica, que autoriza la utilización de cualquier técnica de obtención de células troncales humanas con fines terapéuticos o de investigación.

Según el Ministerio Público, en el caso que nos ocupa "se puede deducir con facilidad" la aplicación de la legislación sectorial y de los diversos mecanismos de control y seguimientos que se establecen en la misma.

En este sentido, insiste en que las técnicas denunciadas se amparan en una norma general que encuentra su origen en la propia Constitución España y que es objeto de desarrollo en la Comunidad Autónoma de Andalucía, "actividad científica que cuenta con una finalidad -terapéutica o investigadora- legalmente reconocida".

Señala que la denuncia utiliza como único elemento probatorio el contenido de un artículo científico publicado hace casi tres años y se limita a señalar una serie de actividades en las que intervienen los denunciados, sin que se aporte dato alguno que permita inferir su relación o el desarrollo de una actividad que sea "jurídicamente reprobable".

Añade también que la denuncia se limita a manifestar su enérgica contrariedad con una normativa que ha sido dictada por el legislador con todas las garantías y para el desarrollo de algunos derechos fundamentales, y que dicho posicionamiento "no puede encontrar, en modo alguno, un cauce adecuado en un procedimiento penal".

Sosteniendo lo anterior, el fiscal dice que "no cabe siquiera valorar" la posible existencia de otras formas de responsabilidad penal a las que se hace referencia en la denuncia como delitos de aborto, lesiones al feto o contra la integridad moral.

El Ministerio Fiscal señala que esta denuncia ha debido ser analizada con prontitud "habida cuenta de su evidente repercusión social y la perturbación que puede suponer en el normal desarrollo de la investigación biomédica por cuanto no comparte, en modo alguno, las distintas pretensiones expuestas por la denunciante".

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