Madrid.- El Tribunal Supremo considera que el etarra Henri Parot, al que ha confirmado la condena a 11 años de cárcel por pertenencia a ETA por una carta que escribió a la dirección de la banda cuando estaba en la cárcel, renovó su voluntad delictiva después de que estuviera rota su vinculación con la organización.
El etarra Henri Parot, en la Audiencia Nacional, el pasado mes de enero donde se le juzgó por reintegrarse en la banda terrorista estando en prisión. El Tribunal Supremo ha confirmado hoy su condena de once años.
Así lo indica la Sala de lo Penal del Supremo al confirmar la sentencia de la Audiencia Nacional que en 2007 condenó a Parot al estimar probado que su trayectoria delictiva se interrumpió con la desarticulación del comando del que formaba parte y con su detención en 1990, y que reanudó su actividad en 2001 con la correspondencia que éste mantuvo con los dirigentes de ETA desde la cárcel.
El Supremo ha rechazado por tanto los recursos que presentaron Parot, la Asociación Víctimas del Terrorismo y la Asociación Dignidad y Justicia contra la resolución dictada el pasado mes de febrero por la Audiencia Nacional.
El alto tribunal desestima los argumentos esgrimidos por la defensa de Parot -que había pedido su absolución porque su patrocinado ya había sido condenado por pertenencia a banda armada- y sostiene que es patente que su relación con la banda terrorista "estuvo por más o menos tiempo" rota, de tal forma que supuso "concluir jurídicamente un período de actividad delictiva dentro de la banda".
Posteriormente, agrega el TS, el acusado "conscientemente reitera su actividad corporativa por medio de cartas, entrando en relación con la cúpula de ETA", con lo que se produjo una "renovación en la voluntad delictiva" volviendo a introducirse "en actividades colaboradoras con los fines criminales de la organización terrorista".
Para el tribunal, esta voluntad de vinculación a una organización terrorista después de una condena por haber formado parte de ella "supone un daño añadido" por lo que da la razón a la Fiscalía al asegurar que se cometió otro delito de la misma naturaleza a través de actos diferentes.
El Supremo rechaza también la pretensión de las acusaciones que pretendían que se elevara la pena de Parot y que fuera condenado por delitos de proposición para cometer atentados, según la AVT, y por conspiración para cometer estragos terroristas, según la Asociación Dignidad y Justicia.
Frente a estas pretensiones, la sentencia considera que el contenido de la carta de Parot, los datos o informaciones que aporta, los objetivos y las técnicas son puntos comunes que cualquier asociado a ETA sabe.
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