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futbol, barcelona

El Barça sólo podrá cobrar un gran traspaso por 'Ronnie' si lo vende en enero

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barcelona, cataluña, deportes, fútbol
EFE
Actualizado 07-12-2007 18:59 CET

Barcelona.-  El debate sobre el futuro del 'crack' brasileño del FC Barcelona, Ronaldo de Assís, 'Ronaldinho', no descansa en el entorno de la entidad catalana, y más después de sus dos suplencias consecutivas, hecho que ha motivado, incluso, que su hermano Roberto se haya desplazado a la Ciudad Condal para alinearse junto a él en la enésima crisis relacionada con el sudamericano.

(EFE)

El delantero brasileño de FC Barcelona Ronaldinho durante el entrenamiento de hoy en La Masia de Can Barza, de cara al partido que disputan este domingo frente al Deportivo de La Coruña.

Pero en esta ocasión, la 'causa Ronaldinho' ha ido mucho más allá, debido a que nunca como antes el delantero brasileño ha contado con tantos detractores por su fútbol, ni una presión mediática en donde se viven posiciones enfrentadas, con informaciones en las que se habla de precios de traspaso, equipos de destino y, como novedad, el famoso artículo 17 de la FIFA, de nueva implantación después de un acuerdo con el sindicato de futbolistas FIFPro.

Este artículo 17, por lo que respecta al fútbol español, deja prácticamente en papel mojado las famosas cláusulas de rescisión de contrato, ya que fija el término "periodo protegido", durante el cual el futbolista no puede romper unilateralmente su relación con su equipo, pero sí después de este espacio de tiempo.

El acuerdo entre FIFA y FIFPro estableció que los futbolistas menores de 28 años estuviesen obligados a respetar los tres primeros años de su contrato con el club, hecho denominado "periodo protegido".

En el caso de los mayores de 28, se reducía sólo a dos años. Es decir, que un jugador puede rescindir la relación con su club a partir del tercer año, aunque haya firmado por cuatro, cinco o más años. De hecho, el contrato largo sólo vincula a los clubes a cumplirlo a rajatabla, no así a los jugadores, gracias a este nuevo enunciado en la reglamentación FIFA.

No obstante, a pesar de que ya existen tres casos de jugadores que se han acogido a este artículo para abandonar sus clubes, con los cuales tenían una relación contractual aún no finalizada (De Sanctis, Matuzalem y Webster), el mundo del fútbol está a la expectativa de la primera resolución que deberá adoptar el TAS (Tribunal de Arbitraje Deportivo), después del cual se podría producir una revolución, como en su día sucedió con la 'sentencia Bosman'.

El caso es que, a pesar de que tres jugadores ya se han acogido a este artículo 17, no existe jurisprudencia acerca de cómo se compensa al equipo que pierde al futbolista.

De entrada, ni jugador ni equipo comprador pueden ser penalizados en el caso de que se acojan al artículo 17, pero todo queda a expensas de la primera resolución de TAS para conocer qué parámetros se utilizarán para la compensación en la marcha de un futbolista, si rompe su contrato fuera del periodo protegido, ya que en caso contrario el club comprador puede ser sancionado con dos años sin poder fichar.

El primero de los tres casos que se espera que se falle será a principios de enero del 2008, pues es cuando se resolverá la marcha del escocés Andy Webster, quien abandonó el Hearts para fichar por el Wigan inglés, después de acogerse al artículo 17. Cabe subrayar que este artículo, dentro de la nueva normativa de la FIFA, cuenta con el apoyo de la Comisión Europea.

Una vez resuelto este primer 'caso Webster', el panorama de los contratos de los jugadores volverá a experimentar una revolución, y especialmente en el fútbol español, donde existen cláusulas de rescisión de contrato desorbitadas, de media de unos 120 millones de euros en equipos grandes como Barça y Real Madrid.

En el caso de Ronaldinho, tan en boga en las últimas semanas, su situación podría experimentar un cambio radical.

Fichado en 2003, su última renovación, según ha podido saber EFE, se concretó en el 2005. El jugador firmó una mejora y una ampliación hasta el 2010. El próximo verano, el jugador se podría encontrar en una situación como la de Webster o Matuzalem. Ante la posibilidad de abandonar el Barça, los 150 millones de euros de cláusula de rescisión de contrato no serían ningún inconveniente, si se acoge al artículo 17.

Por este motivo, al Barcelona se le presenta un abanico de posibilidades de cómo resolver el asunto Ronaldinho, si finalmente el jugador no consigue recuperar su mejor momento futbolístico.

La primera de ellas, si decide traspasarlo, debería producirse en el periodo de fichajes de enero. En este momento, el Barça aún podría ejercer presión con la cláusula de rescisión del jugador y obtener un buen traspaso.

Pero esta situación no se contempla en ningún caso por parte del jugador, como así ha confirmado hoy a EFE una fuente cercana a Ronaldinho. Otro recurso que podría utilizar el Barça es la ampliación de contrato del jugador con el fin de iniciar un nuevo "periodo protegido" de dos años (el jugador cumplirá 28 años) e intentar un nuevo traspaso si es que aún le interesa al club catalán.

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