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tribunales, acpv

La ACPV denuncia que la sentencia contra la retransmisión de TV3 se fundamenta en una ley recurrida

EFE
Actualizado 08-01-2008 17:27 CET

Valencia.-  Valencia, 8 ene (EFE).-Acció Cultural del País Valencià, ACVP, ha denunciado hoy que el recurso presentado por la Generalitat para el cierre de los repetidores de que retransmiten la señal de la TV3 en la Comunitat se basa en una ley recurrida que, además, invade competencias del Gobierno Central.

(EFE)

Acció Cultural del País Valencià ha ofrecido una rueda de prensa para explicar el contenido de una demanda interpuesta ante el Tribuanl Superior de Justicia contra la sanción impuesta por la Generalitat que ordena el cierre de sus repetidores en la Comunitat Valenciana.

Así lo han manifestado durante una rueda de prensa el coordinador de Acció Cultural, Toni Gisbert, y la abogada de la Asociación, Mercè Teodoro, quién ha anunciado la presentación hoy de una demanda ante el Tribunal Superior de Justicia del País Valenciano contra la sanción impuesta por la Generalitat.

Según se desprende de la demanda presentada por la Asociación existen razones jurídicas que consideran que la actuación de la Generalitat ha incurrido en la "vulneración de derechos fundamentales y en diversas ilegalidades".

Asimismo la demanda pretende la revisión jurisdiccional del expediente sancionador, que ha ordenado el cierre de los tres repetidores de la Comunitat que retransmiten la señal de la televisión catalana, así como la suspensión de la sanción impuesta a ACPV de 300.000 euros.

La Asociación ha denunciado que la Generalitat ha invadido competencias que solo corresponden al Gobierno y que por lo tanto la resolución del expediente está dictada por un órgano incompetente para encargarse de esta materia.

Entre los motivos de nulidad presentados por ACPV ante el Tribunal Constitucional, Mercè Teodoro ha destacado que la sanción se ha impuesto por emitir contenidos, algo que en palabras de la abogada no se ha efectuado, ya que ACPV sólo ha transportado la señal, y "no es dueña de ninguna cadena televisiva".

Además, el documento indica que la Generalitat Valenciana ha aplicado la ley de forma retroactiva, dado que la ley 1/2006 utilizada para condenar a ACPV, entró en vigor dos meses después de la presentación de las actas de los técnicos de telecomunicaciones.

En relación a esta aplicación retroactiva de la ley, Mercè Teodoro ha denunciado también que la Generalitat para salvar esta situación ha decidido apoyarse en una ley estatal de 1996.

Según la abogada esta incongruencia no es "legalmente aceptable" ya que,si se trata de una infracción prevista y sancionada en una norma estatal, serán los órganos de la Administración Central los encargados de la inspección, mientras que si la infracción es autonómica no existe tal infracción al no estar en vigor la ley en el inicio del proceso.

Otro de los aspectos denunciados por los representantes de ACPV durante la rueda de prensa ha sido la falta de cobertura legal del expediente, ya que según ha indicado Teodoro, la ley 1/2006 no podía aplicarse dado que determinados preceptos estaban impugnados por el Gobierno y por lo tanto estaba fuera de vigencia.

En este sentido Teodoro ha manifestado la "mala fe con la que ha actuado la Generalitat durante este proceso, intentando privar a los ciudadanos valencianos de un instrumento de normalización lingüística con el pretexto de "actuar en defensa de la legalidad".

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