Toledo.- El Gobierno de Castilla-La Mancha ha creado nuevos puntos de registro para los documentos de voluntades anticipadas en ocho hospitales públicos y en el Instituto de Ciencias de la Salud, en Talavera de la Reina (Toledo).
El consejero de Sanidad de Castilla-La Mancha, Roberto Sabrido.
Según informó hoy la Junta de Comunidades en una nota de prensa, hasta ahora este registro se llevaba a cabo en cada una de las cinco delegaciones provinciales de Sanidad.
La Consejería de Sanidad pretende con la apertura de estos nuevos puntos de registro facilitar a los ciudadanos la inscripción del documento, ampliando los lugares para ejercer este derecho.
A fecha de 1 de enero de 2008 ya se habían inscrito 787 personas, de los cuales 466 son mujeres y 321 hombres.
Los nuevos puntos de registro de voluntades anticipadas en los hospitales de Almansa, Hellín y Villarrobledo, en la provincia de Albacete, así como en los de Alcázar de San Juan, Manzanares, Puertollano, Tomelloso y Valdepeñas, en la provincia de Ciudad Real, y en el Instituto de Ciencias de la Salud estarán abiertos antes de un mes.
Al frente de cada uno de estos puntos del registro estará el jefe de servicio o unidad de atención al usuario en cada uno de los hospitales, y el director gerente del centro en el caso del Instituto de Ciencias de la Salud.
El documento de voluntades anticipadas permite dejar por escrito a los ciudadanos sus instrucciones sobre el cuidado y el tratamiento que desean recibir o no en aquellas situaciones de enfermedad irreversible en la que se vean incapacitados para manifestar su voluntad al equipo sanitario que le atiende o a sus familiares, siempre que esas instrucciones no contravengan el ordenamiento jurídico o la buena práctica médica.
Los principales motivos para inscribirse son los relacionados con los cuidados paliativos, el innecesario esfuerzo terapéutico en caso de enfermedad terminal y la donación de órganos.
Este registro se creó para desarrollar la Ley de Voluntades Anticipadas, aprobada en junio de 2005 por las Cortes regionales.
La inscripción del documento en el registro no es obligatoria, sino opcional, ya que también se puede dar validez a este documento ante un notario o ante tres testigos, que deberán ser mayores de edad y con plena capacidad de obrar.
La Consejería de Sanidad aconseja, no obstante, inscribir el documento en el registro porque facilita el acceso del personal sanitario al contenido de la declaración cuando así lo requiera la situación.
Los datos se ceden, además, al Registro Nacional de Instrucciones Previas para asegurar el acceso a estas declaraciones no sólo en la comunidad autónoma, sino en el resto de España.
El documento de voluntades anticipadas puede ser modificado, sustituido o revocado en cualquier momento, siempre que se cumplan los requisitos exigidos para su formalización, y sólo será válido el último documento otorgado.
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