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El TS rechaza suspender las actividades de ANV y PCTV pero impide que ANV concurra a los comicios

EFE
Actualizado 09-02-2008 07:33 CET

Madrid.-  La sala del 61 del Tribunal Supremo (TS) rechazó ayer suspender las actividades del Partido Comunista de las Tierras Vascas (PCTV) y de Acción Nacionalista Vasca (ANV), aunque ha decidido impedir que este último partido concurra a las elecciones del próximo 9 de marzo, según fuentes del Alto Tribunal.

(EFE)

El presidente del Tribunal Supremo, Francisco José Hernando (c), junto a los presidentes de las salas de lo Civil, Juan Antonio Xiol (i), y de lo Penal, Juan Saavedra.

Esta decisión de la sala del 61 no afecta sin embargo a la resolución adoptada el viernes por la mañana por el juez de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón de suspender las actividades de ambos partidos durante tres años por su presunta vinculación con ETA-Batasuna, ya que se trata de una vía distinta, la penal.

Los dieciséis magistrados de la sala especial también acordaron que ambos partidos dejen de recibir subvenciones públicas mientras se tramita el procedimiento de ilegalización en el Tribunal Supremo en la vía contencioso-administrativa contemplada en la Ley de Partidos.

De este modo rechazaron la mayor parte de las medidas cautelares solicitadas por la Fiscalía y el abogado del Estado y sólo atendieron dos de ellas: la suspensión de las subvenciones públicas a ambos partidos y la suspensión de presentación de candidaturas al próximo proceso electoral, al que sólo pretendía concurrir ANV y no el PCTV.

Las medidas cautelares reclamadas por la Fiscalía y los servicios jurídicos del Estado eran, además de la suspensión de su actividad como partidos políticos, el embargo de sus cuentas corrientes, depósitos y activos financieros y el de los ingresos que por subvenciones u otros conceptos procedentes de las Administraciones Públicas tenga asignados, así como el cierre de sus sedes.

Además, aunque el Partido Comunista de las Tierras Vascas no ha presentado candidaturas para las elecciones del próximo 9 de marzo, en las demandas se solicitaba la suspensión de su derecho a presentarlas y a la concurrencia a los procesos electorales.

A este respecto la sala del 61 concluyó que "carece de objeto" tal solicitud por no haberse presentado el PCTV a las elecciones.

Los magistrados tomaron esta decisión tras reunirse durante cinco horas para deliberar sobre estas medidas, después de celebrar durante la mañana y la tarde del viernes sendas vistas para analizar las medidas cautelares solicitadas por la Fiscalía y la Abogacía General del Estado.

En estas dos vistas la abogacía del Estado ha introducido una nueva petición que no constaba en sus demandas de ilegalización: la suspensión del grupo parlamentario del PCTV y de los grupos municipales de ANV, solicitud a la que no se ha adherido la Fiscalía y que no ha sido admitida por el Supremo.

Tras esas cinco horas de deliberaciones, desde las 17:00 hasta las 22:00 horas del viernes, los magistrados adelantaron solamente su decisión y el sábado se volverán a reunir para redactar los autos en los que motivarán tal acuerdo.

Los autos, que no contarán con votos particulares, serán redactados por los magistrados Enrique Bacigalupo y Ricardo Enríquez Sancho.

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