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endesa, opa

El Tribunal de Justicia de la UE fallará el 6 marzo si España vulneró la normativa en la opa de E.ON

Archivado en:
economía, empresa, justicia, endesa
EFE
Actualizado 25-02-2008 15:52 CET

Bruselas.-  El Tribunal de Justicia de la UE dictaminará el 6 de marzo si España vulneró la legislación comunitaria al imponer una serie de restricciones para autorizar la opa del grupo alemán E.ON sobre Endesa.

(EFE)

El presidente de ENDESA, José Manuel Entrecanales.

Bruselas llegó a la conclusión de que varias de las condiciones establecidas por las autoridades españolas eran "ilegales", a pesar de lo cual fueron aceptadas por E.ON, que acabó, no obstante, retirándose de la puja por la eléctrica española tras llegar a un acuerdo con Enel y Acciona.

La Comisión exigió reiteradamente a España que retirara las medidas controvertidas, a lo que Madrid se negó, argumentando que con ellas sólo defiende la seguridad energética nacional, y Bruselas terminó llevando el caso ante la Justicia europea en abril del año pasado.

El ejecutivo de la UE considera que, al imponer condiciones a la opa de E.ON, las autoridades españolas no respetaron la competencia exclusiva de Bruselas en las fusiones de dimensión comunitaria.

Además, la autoridad europea de competencia cree que varias de las medidas establecidas primero por la Comisión Nacional de la Energía (CNE) y posteriormente modificadas por el Ministerio de Industria son incompatibles con la legislación comunitaria.

En concreto, Bruselas apunta a la obligación de mantener la marca Endesa durante cinco años; no vender en ese plazo los activos eléctricos fuera de la Península; utilizar sólo carbón de producción nacional y no desviar gas producido en España a otros mercados, y no adoptar decisiones estratégicas que puedan afectar a la seguridad del suministro contrarias al ordenamiento legal español.

A juicio del ejecutivo comunitario, estas medidas infringen los principios de libertad de establecimiento y de libre movimiento de capitales y algunas incluso el de libre circulación de bienes.

El Gobierno español insiste, por su parte, en que las condiciones respetan la normativa comunitaria y destaca que su única pretensión es garantizar el suministro energético, ámbito que, en su opinión, corresponde a las autoridades nacionales y no a las comunitarias.

El Tribunal de la UE tiene que decidir si el objetivo de garantizar la seguridad energética faculta a España para restringir la entrada en su mercado de operadores extranjeros.

En este caso, la corte con sede en Luxemburgo no ha celebrado vista pública y las partes se han limitado a exponer sus argumentos por escrito.

Éste será el primer pronunciamiento del Tribunal europeo en la disputa entre Bruselas y Madrid por los obstáculos a la entrada de E.ON.

La corte tiene todavía que fallar sobre otra denuncia de la Comisión por la ampliación de competencias de la CNE que permitió al regulador poner condiciones a la opa del grupo alemán sobre Endesa.

Según el ejecutivo de la UE el decreto-ley que Madrid aprobó de urgencia tras conocer las intenciones de E.ON de comprar Endesa supone una vulneración de los principios de libre circulación de capitales y libertad de establecimiento.

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