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La A.Nacional condena a Javier de la Rosa a 4 años y 8 meses de cárcel por el 'caso Croesus'

Archivado en:
economía
EUROPA PRESS
Actualizado 04-04-2008 15:52 CET

MADRID.-  La Sección Primera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha condenado al empresario Javier de la Rosa a cuatro años, ocho meses y un día de prisión y multa de 6.000 euros por delitos continuados de apropiación indebida y falsedad en documento mercantil por el desvío de 17,4 millones de euros (27,4 millones de dólares) de la 'operación Croesus', última causa penal contra el empresario derivada del 'caso KIO'.

EP (EUROPA PRESS)

La Sección Primera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha condenado al empresario Javier de la Rosa a cuatro años, ocho meses y un día de prisión y multa de 6.000 euros por delitos continuados de apropiación indebida y falsedad en documento mercantil por el desvío de 17,4 millones de euros (27,4 millones de dólares) de la 'operación Croesus', última causa penal contra el empresario derivada del 'caso KIO'.

La sentencia, dictada el pasado 1 de abril, ha considerado único culpable y responsable civil a título lucrativo a De la Rosa del desvío de fondos cometido en 1998 y ha absuelto a los otros cinco imputados.

La Fiscalía Anticorrupción pedía nueve años de cárcel para el empresario catalán por su responsabilidad en el delito cometido desde su puesto de vicepresidente de la papelera española Torras Hostench, posteriormente Grupo Torras, participada en un 24,6% por Kuwait Investment Office (KIO).

El fallo considera que, en mayo de 1988, De la Rosa "con ánimo de tomar para su propio beneficio económico, aprovechando su puesto de vicepresidente de Torras Hostench y sin acordarlo con el consejo de administración de la empresa, autorizó pagos de KIO a su representada por presuntos servicios" no prestados.

En esas fechas, De la Rosa dio autorización para que en nombre de Torras Hostench, KIO adelantara 17,4 millones de euros por un pago "de servicios rendidos" a la compañía papelera española, de los que no se derivó beneficio ni provecho comercial alguno.

La sentencia considera como "hecho consistente" que KIO pagó a Torras Hostench esta cantidad en forma de préstamo formalizado a través de la filial de KIO en Holanda, Kookmeeuw Holdings BV, mediante una transferencia a nombre de la sociedad Bigley, cuyo titular era el empresario Enrique Sarasola. De esta sociedad salieron cerca de 4,1 millones de euros para la cuenta 'carnation' de la que era titular De la Rosa.

Cuando Torras Hostench tuvo que devolver este préstamo a KIO el empresario catalán diseñó una operación de ingeniería financiera a través de la sociedad instrumental Croesus, domiciliada en Gibraltar. La filial de Torras en Londres transfirió a Croesus 18,4 25 millones de euros tras firmar un préstamo con el Banco Santander en septiembre de 1989.

Este préstamo se formalizó con Torras Hostench como avalista y garante de la devolución total, por lo que pignoró unos pagarés por valor de 31,2 millones de euros.

Los absueltos son el director financiero de Grupo Torras, Miguel Soler, el consejero delegado de esta empresa, Jorge Núñez Lasso, el contable gibraltareño Plinio Nicholas Coll, el director de inversiones de KIO, Richard Mc Donald Robinson, y a la mujer de De la Rosa, Mercedes Misol, que queda eximida como responsable civil a título lucrativo porque "no era conocedora de los negocios de su esposo", según detalla la sentencia.

El juicio oral por el 'caso Croesus' comenzó en julio de en la Audiencia Nacional y quedó visto para sentencia el 23 de noviembre. Las acusaciones particulares las ejercieron el Ministerio Fiscal y el Grupo Torras. Ésta última solicitaba doce años de prisión para el condenado.

El tribunal de la Sección Primera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional estuvo presidido por Nicolás Poveda Peñas y formado por los magistrados Eustasio de la Fuente y Ramón Sáez Valcárcel. Contra la sentencia cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo.

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