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La Sala del 61 se reunirá mañana para estudiar las alegaciones de PCTV y ANV y la admisión de pruebas

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política
EUROPA PRESS
Actualizado 13-04-2008 11:50 CET

MADRID.-  La Sala del artículo 61' del Tribunal Supremo se reunirá mañana para estudiar las alegaciones presentadas tanto por Acción Nacionalista Vasca (ANV) como por el Partido Comunista de las Tierras Vascas (PCTV) en contestación a las demandas de ilegalización presentadas contra ambas formaciones por la Fiscalía y por la Abogacía del Estado en cumplimiento de la Ley de Partidos (LPP).

EP (EUROPA PRESS)

La Sala del artículo 61' del Tribunal Supremo se reunirá mañana para estudiar las alegaciones presentadas tanto por Acción Nacionalista Vasca (ANV) como por el Partido Comunista de las Tierras Vascas (PCTV) en contestación a las demandas de ilegalización presentadas contra ambas formaciones por la Fiscalía y por la Abogacía del Estado en cumplimiento de la Ley de Partidos (LPP).

En esta primera reunión, convocada tras concluir la huelga de funcionarios, está previsto que el alto tribunal comience a deliberar sobre la admisión o denegación de las pruebas solicitadas en sus escritos tanto por los demandantes como por los partidos demandados.

Fuentes del Supremo señalaron que es probable que mañana no se alcancen resoluciones definitivas sobre las pruebas, ya que se trata de la primera ocasión en la que el alto tribunal tiene sobre la mesa las alegaciones completas de todas las partes implicadas en este proceso, que precisan de un estudio en profundidad.

ADMISIÓN DE PRUEBAS

Según establece la LPP en su artículo 11, a la 'Sala de 61' le compete ahora abrir la fase de práctica de prueba, cuyo desarrollo se regirá por la Ley de Enjuiciamiento Civil. Del conjunto de las pruebas practicadas también se dará cuenta a las partes, que dispondrán de 20 días de plazo para formular sus respectivos escritos de alegaciones al respecto.

Tras analizar estas últimas formulaciones, el Tribunal Supremo dictará sentencia, en la que se podrá declarar la disolución del partido o desestimar las demandas. Esta resolución no podrá será objeto de recurso alguno sin perjuicio, en su caso, del de amparo que pueda formularse ante el Tribunal Constitucional, según dice la LPP.

Tanto ANV como PCTV presentaron en plazo sus respectivos escritos de alegaciones, en los que, además de dar contestación a los escritos iniciales de demanda por parte de la Abogacía y del fiscal, pudieron estudiar los documentos ampliatorios presentados unas semanas más tarde por el Servicio Jurídico del Estado, en los que se señalaban nuevas pruebas de su presunta vinculación con la ilegalizada Batasuna.

La ilegalización y posterior disolución de una formación de carácter político está prevista en el caso de que el citado grupo carezca de funcionamiento democrático y cuando de forma grave "su actividad vulnere los principios democráticos o persiga deteriorar o destruir el régimen de libertades o imposibilitar o eliminar el sistema democrático", mediante conductas como la de dar apoyo al terrorismo legitimando sus acciones o exculpando su significado.

En el caso de la ilegalización de Batasuna, transcurrieron más de 6 meses desde que se presentaron las demandas, a principios de septiembre de 2002, hasta que se dictó sentencia ilegalizando esta formación el 23 de marzo de 2003. El tiempo de resolución respecto de ANV y PCTV dependerá en gran medida, según las mismas fuentes, de lo que dure el periodo de propuesta, admisión y práctica de pruebas.

La 'Sala del 61' también intervino con ocasión de las elecciones municipales y autonómicas de mayo de 2007 con respecto a determinadas formaciones que se sospecharon sucesoras de Batasuna, como fue el caso Abertzale Sozialisten Batasuna (ASB). En dicha ocasión el proceso fue más rápido porque no se trataba de ilegalizar esta formación, sino simplemente impedir su inscripción en el registro de partidos políticos del Ministerio del Interior.

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