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¿Qué cambiará con la aprobación de la directiva europea sobre inmigración?

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ue, internacional, inmigración
Por MARI LUZ PEINADO (SOITU.ES)
Actualizado 18-06-2008 13:14 CET

Finalmente la Unión Europea ha votado a favor de endurecer las condiciones de los 'sin papeles' a través de la directiva de retorno de inmigrantes que hoy se ha aprobado en Estrasburgo. El texto ha salido adelante sin introducir ninguna de las enmiendas que se habían propuesto. España, que desde un principio se ha mostrado a favor de una legislación común, será uno de los países en los que más se notará el endurecimiento de las leyes.

Manuel Lérida (EFE)

El endurecimiento de las medidas sobre inmigración se ha planteado como una salida para algunos países por la crisis económica que se vive en la actualidad. Los gobiernos francés e italiano son algunos de los que se han posicionado más a favor durante el debate de la ley, que se ha aprobado con 367 votos a favor, 206 en contra y 109 abstenciones. Finalmente, las posturas 'más duras' de la UE han conseguido que la directiva salga adelante.

Periodo de retención

El texto marca en seis meses el máximo de tiempo que los inmigrantes en situación irregular pueden estar en centro de retención. Sin embargo, también recoge la posibilidad de que este periodo se alargue hasta 18 meses, uno de los aspectos que más polémica ha suscitado. Esta medida podría llevarse a cabo si se desconoce la procedencia de los inmigrantes y se necesita más tiempo para averiguarlo, si las autoridades de los países de origen no cooperan en los procesos de repatriación.

Actualmente, en España el periodo máximo de retención es de 40 días. Si en ese tiempo no se ha llevado a cabo la repatriación, los inmigrantes abandonan el centro de retención con una orden de expulsión del país. Esto lleva a que se encuentren en una especie de 'limbo' legal puesto que no pueden obtener los permisos de trabajo y residencia pero tampoco se les ha podido repatriar.

En principio, España no tendría por qué aumentar el tiempo máximo de retención aunque el Ministro del Interior, Alfredo Pérez Rubalcaba, ya anunció que este plazo aumentaría, aunque no se está barajando la posibilidad de marcar como máximo los seis meses que recoge la directiva. "La tendencia es armonizar las políticas y la experiencia nos dice que estas directivas sirven como excusas para el endurecimiento de las medidas" indica Mauricio Valiente, secretario general de la Comisión Española de Ayuda al Refugiado (CEAR). Sin embargo, aunque esta medida pueda endurecer las condiciones para los inmigrantes en países como España, también supone una cierta garantía en otros lugares. Siete países europeos, entre ellos Reino Unido, Suecia y Dinamarca, no tienen ningún límite para la retención de inmigrantes.

Prohibición de entrada en la Unión Europea

El texto de la directiva establece un periodo de cinco años en los que los inmigrantes que sean repatriados no podrán ingresar de nuevo en la Unión Europea. Objetivamente, no tener visado para entrar en un país no es un delito, sino que se trata de una 'falta administrativa' por eso desde CEAR consideran que esta medida supone una "estigmatización y criminalización" de los inmigrantes.

España puede prohibir la entrada a un inmigrante que haya sido repatriado durante un máximo de 10 años pero la decisión debe responder a un principio de proporcionalidad, es decir, que se tomará teniendo en cuenta si se han cometido infracciones graves o si existe reincidencia.

La situación de los menores

Uno de los aspectos que más ampollas ha levantado es la posibilidad de que los menores no acompañados puedan ser ingresados en centros de retención. Si bien es cierto que el texto de la directiva sólo contempla esta posibilidad en sólo como un recurso excepcional, las asociaciones de defensa de los inmigrantes han puesto el grito en el cielo. "El simple hecho de que se baraje esta posibilidad nos parece profundamente negativo porque supondría introducirlos en una especie de 'guetos' en vez de intentar buscarles una estabilidad familiar", indican desde la CEAR.

Decisión administrativa

Desde el momento en el que entre en vigor la directiva, las órdenes de retención podrán ser dictadas por autoridades administrativas o judiciales. Hasta ahora, este tipo de decisiones sólo podían tomarse desde los juzgados, que ahora tendrán 72 horas para ratificar la decisión si se toma desde las administraciones. Los países miembros proporcionarán asistencia legal gratuita a los inmigrantes sin recursos si así lo recoge su legislación nacional. Éste fue uno de los aspectos más polémicos durante la negociación porque algunos países querían que esta asistencia fuera obligatoria. Finalmente, cada uno de los Estados miembro decidirá cómo afronta este punto.

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Comentarios destacados

Cada día me angustian más esos ojos que me miran acusándome. +

por ijusti el 18/06/2008 a las 13:29

¿Qué cambiará? pues la moral de los europeos, que ya no recordmos cuando eramos nosotros los que emigrabamos de la peste, de las guerras, del crack del 29... +

por Anónimo el 18/06/2008 a las 15:15
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