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codigo penal

Jueces y fiscales piden que se acredite el riesgo para controlar a los reincidentes

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sucesos, justicia, ley
EFE
Actualizado 11-09-2008 13:17 CET

Madrid.-  Las asociaciones de jueces y fiscales consultadas por EFE han coincidido en admitir la necesidad de adoptar medidas de vigilancia para pederastas y terroristas reincidentes siempre que exista un riesgo de reincidencia avalado por informes médicos y penitenciarios.

(EFE)

El ministro de Justicia, Mariano Fernández Bermejo.

En principio, jueces y fiscales ven positivo que la reforma del Código Penal anunciada por el Gobierno contemple medidas de libertad vigilada para ciertos de delincuentes, que podrán durar hasta veinte años después de cumplida la condena, anunciaron ayer los ministros de Justicia y de Interior, Mariano Fernández Bermejo y Alfredo Pérez Rubalcaba, respectivamente.

El portavoz de Jueces para la Democracia, Miguel Ángel Gimeno, ha considerado que establecer un periodo de libertad vigilada de 20 años, con carácter general, "puede ser excesivo" y es, por tanto, partidario de analizar caso por caso porque habrá algunos delincuentes que deban estar controlados durante ese tiempo, pero para otros no será necesario.

Además, ha subrayado que la decisión de controlar a una persona una vez cumplida la condena debe establecerse en la propia sentencia, lo que contempla la reforma del Código Penal propuesta por el Gobierno, y avalada por más de un informe médico que determine "un pronóstico de reincidencia sólido".

La asociación progresista ha considerado que "algo había que hacer" ante los delitos que generan una gran alarma social porque "no es aceptable" que una persona cumpla su condena "y a los tres días vuelva a reincidir", ha señalado su portavoz.

La Asociación Profesional de la Magistratura (APM), a través de su portavoz Antonio García, ha calificado la medida de "extraordinariamente positiva", aunque sus miembros ya "veníamos reclamando desde hace años en el desierto que había que hacer algo".

"Hay que legislar con la cabeza y desde la racionalidad y no con la tripa", ha apuntado, ya que, en su opinión, no es deseable "pretender legislar al albur de situaciones trágicas o emotivas", en referencia a los recientes casos de la niña de Huelva Mari Luz Cortés o la puesta en libertad del terrorista José Ignacio de Juana Chaos una vez cumplida su condena.

También ha dejado claro que la medida que finalmente se adopte "debe ser escrupulosamente respetuosa" con el marco de garantías constitucionales.

Por su parte, Lorenzo del Río, portavoz de la Asociación de Jueces y Magistrados Francisco de Vitoria (AJFV), considera que hablar en abstracto de veinte años de libertad vigilada "asusta un poco", aunque admite que existía una laguna legal que obligaba a plantearse cómo proteger a las víctimas de delincuentes que no se adaptan a la vida en libertad.

Del Río ha señalado que cualquier iniciativa debe estudiarse con sosiego y ver qué tipo de delitos obligan a unas medidas de seguridad complementarias que, a su juicio, si tienen justificación "son saludables" para la sociedad.

Asimismo, ha destacado la importancia de la intervención judicial al asegurar que "obligatoriamente debe ser el juez", con los preceptivos informes médicos y penitenciarios, quien decida las medidas que deben aplicarse, siempre con la posibilidad de que sean "revisables" si se demuestra la rehabilitación del delincuente.

Por último, el presidente de la Asociación de Fiscales (AF), Guillermo García-Panasco, cree que es adecuado que se adopten estas medidas siempre que vengan impuestas en una sentencia judicial y estén condicionadas a que subsistan los riesgos de reincidencia, no tengan aplicación retroactiva y sean revisables.

García-Panasco ha puesto el acento en la necesidad de dotar con medios económicos esta medida para garantizar que se ejecute y se pueda cumplir con eficacia.

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