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La Audiencia Nacional ordena su disolución por marcar objetivos a ETA y trasladar órdenes a los presos

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eta, ue, españa, terrorismo, política
EUROPA PRESS
Actualizado 17-09-2008 13:11 CET

MADRID.-  La Audiencia Nacional declaró hoy la ilicitud de las organizaciones Gestoras Pro Amnistía y Askatasuna y ordenó la disolución de ambas al considerar que entre las funciones que llevaban a cabo se encontraban las de señalar objetivos a la banda terrorista ETA, hacer llegar instrucciones a los presos de la banda, informar a ésta sobre el desarrollo de procesos judiciales, convocar homenajes y jornadas de lucha y contribuir a la salida del País Vasco de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado.

EP (EUROPA PRESS)

La Audiencia Nacional declaró hoy la ilicitud de las organizaciones Gestoras Pro Amnistía y Askatasuna y ordenó la disolución de ambas al considerar que entre las funciones que llevaban a cabo se encontraban las de señalar objetivos a la banda terrorista ETA, hacer llegar instrucciones a los presos de la banda, informar a ésta sobre el desarrollo de procesos judiciales, convocar homenajes y jornadas de lucha y contribuir a la salida del País Vasco de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado.

Para el tribunal, presidido por la juez Teresa Palacios, "no consta", sin embargo, que Gestoras coordinara las acciones de 'kale borroka' (violencia callejera), que se producían "a la par que despliega su dinámica", ni que entre sus actividades estuviera la de captar "a personas para que pasen a integrarse en ETA", tal y como sostuvieron el fiscal Carlos Bautista y la Asociación de Víctimas del Terrorismo (AVT), que ejerció la acusación popular.

Según el capítulo de hechos probados de la sentencia, dictada por la Sección Cuarta de la Sala de lo Penal, Gestoras Pro Amnistía nació en los años setenta como una de las organizaciones de la Koordinadora Abertzale Sozialista (KAS), que tenía como misión "la dinamización social en la izquierda 'abertzale'" del proyecto de ETA y del Movimiento Nacional de Liberación Vasco (MNLV), consistente en "la construcción de un Estado vasco independiente de España y Francia cuyo territorio abarcaría a la actual Comunidad Autónoma Vasca, la Comunidad Foral de Navarra y el Departamento Administrativo Francés de los Pirineos Atlánticos".

SEÑALAMIENTO DE OBJETIVOS

Entre las misiones que desarrollaba Gestoras en este entramado se encontraban, según la resolución judicial, las de "señalar públicamente aunque en términos figuradamente políticos a toda persona, grupo, organización y partido político a los que les hacen responsables del marco que no logran alcanzar".

Así, los responsables del movimiento pro-amnistía apuntaban como posibles objetivos de ETA a miembros del Poder Judicial Vasco "cuyos integrantes no sean de ese origen" y de la Audiencia Nacional, al que consideran "un tribunal extranjero y de excepción al que de forma regular intentan deslegitimar en pro de su desaparición". "De esta forma, la plasmación pública de la identificación de una persona de cualquiera de los anteriores grupos posibilita al brazo armado que, ante un eventual atentado, se facilite la concreción del objetivo", señala la sentencia, de la que ha sido ponente la juez Palacios.

El tribunal, que también integraban los magistrados Carmen Paloma González y Juan Francisco Martel, también pone de relieve que en los ataques contra sedes judiciales que se produjeron en los años noventa aparecían "en ocasiones pintadas relativas a los presos políticos vascos" en las que se pedía a los miembros de la judicatura que se marcharan del País Vasco.

En concreto, la sentencia señala que los representantes de Gestoras suministraban a la banda terrorista "la identidad de miembros de los partidos políticos, directores de prisiones, funcionarios de las FSE y del Poder Judicial u otros campos" para que "esa eufemística significación política y pública reiterada se traduzca en pasar a ser potencial objetivo de ETA".

Sin embargo, el tribunal no considera acreditada la tesis de las acusaciones de que Gestoras diera "un paso más" y procediera al "señalamiento" del juez de la Audiencia Provincial de Vizcaya José María Lidón (asesinado en noviembre de 2001) o del concejal del PP de Durango Jesús María Pedrosa (muerto a tiros en junio de 2000).

CONTROL DE LOS PRESOS

De igual modo, la organización dirigida por Juan María Olano tenía entre sus misiones dar "cohesión ideológica a los designios abanderados por ETA (...), bajo la cobertura de prestación de asistencia humanitaria, personal, familiar y jurídica". El tribunal también le atribuye la labor de "hacerles llegar a los presos las instrucciones a las que han de someterse, pues de no cumplirse y en caso de manifestarse contrarios a la lucha armada, se procede a la expulsión de la militancia".

Para ello, el movimiento pro-amnistía se valía de una serie de abogados a los que otorgaba en su documentación interna el nombre en clave de 'Adidas' que actuaban como "hilo conductor" entre ETA y los presos encarcelados en España y Francia "en lo que se refiere a las jornadas de lucha que fija para el interior de las prisiones".

Los abogados de Gestoras --entre los que se encontraba Txema Matanzas, que no fue juzgado en esta causa por estar condenado en el denominado 'caso EKIN'-- también tenían la misión de "tener a ETA al tanto del desarrollo de los procesos judiciales en curso por terrorismo, reprendiendo o facilitando al director técnico de aquéllos por su trabajo".

De esta forma, hacían llegar al colectivo de presos y al "movimiento antirrepresivo" artículos o columnas de opinión redactados por ETA, entre los que la sentencia no incluye la revista 'Zahordias', que editó la organización pro-amnistía entre los años 1993 y 1995.

El colectivo enjuiciado también se dedicaba a "convocar jornadas de lucha a favor de los presos" que tenían como objetivo rendir "homenaje a los excarcelados o fallecidos cuando se disponían a cometer un atentado" y llevar a cabo "conferencias, ruedas de prensa, publicaciones o dossieres". "Por esa vía, hace llegar a la población (...) la imagen represiva de la actuación de los poderes de España y Francia", señala la sentencia.

CAMPAÑA "FUERA DE AQUÍ"

La última misión que la Audiencia Nacional atribuye al colectivo pro-amnistía es la de llevar a cabo campañas como la denominada 'Alde Hemendik' ('Fuera de Aquí), que tenía por objetivo de contribuir a "la salida" del País Vasco los Cuerpos de Seguridad del Estado y el Ejército, al considerarlas "fuerzas de ocupación". Del mismo modo, impulsaban "movilizaciones, intervenciones públicas y medidas de presión" a estos cuerpos para conseguir del Estado "su desmantelamiento y repliegue".

En el marco de esta actividad, Gestoras consiguió que algunos ayuntamientos dictaran bandos municipales sobre sus reivindicaciones, solicitó el corte de luz y agua en los que vivían los afectados por la campaña y llevó a cabo el boicot a las empresas que prestaban servicios y suministros para su subsistencia, "con la finalidad todo ello de que terminen por marcharse".

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