Madrid.- Los Guardias Civiles tendrán derecho a conocer el contenido de los informes personales de calificación que realicen de ellos sus superiores, documentos que sirven de base para los ascensos y cambios de destino y que hasta ahora tenían el carácter de confidencial, incluso para el propio interesado.
Así lo establece una sentencia de la sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM), a la que ha tenido acceso Efe, que da la razón a un agente de la Comandancia de Salamanca que había solicitado acceder a sus informes personales, petición que había sido denegada por sus jefes jerárquicos.
El informe personal de calificación (IPECGUCI) es la valoración de un guardia civil realizada por su jefe directo y permite apreciar sus cualidades, méritos, aptitudes, competencia y forma de actuación profesional.
La sentencia del TSJM, contra la que no cabe recurso, argumenta que el carácter confidencial de los informes sólo puede entenderse "hacia afuera", pero nunca con relación al propio interesado.
"No se puede admitir en términos genéricos la existencia de información reservada respecto a funcionarios que pueda convertirse en un poder frente a ellos al margen de todo control", advierte el tribunal que asegura que ello iría en contra del artículo 105 de la Constitución Española.
La Carta Magna establece el libre acceso de los ciudadanos a los archivos y registros administrativos, salvo en lo que afecte a la seguridad y defensa del Estado, la averiguación de los delitos y la intimidad de las personas.
La sentencia del TSJM contrasta con una resolución de 2006 de la Agencia Española de Protección de Datos que daba la razón a la Dirección General de la Guardia Civil.
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