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El largo camino de las fianzas: ¿quién, cómo y cuándo se paga?

  • El ex alcalde González Panero tendrá que pagar 1.800.000 euros
  • Es la cuarta fianza por el 'Caso Gürtel' y todas están pendientes de recurso
  • El impago de las cantidades impuestas no implica ir a la cárcel en este caso
Por ÁLVARO LLORCA (SOITU.ES)
Actualizado 10-06-2009 19:56 CET

El juez que instruye el 'Caso Gürtel' en la Comunidad de Madrid ha impuesto la fianza más alta hasta el momento al ex alcalde de Boadilla Arturo González Panero. 1.800.000 euros, ni más ni menos. Pero esto no significa que el ex dirigente 'popular' tenga que ponerse a buscar dinero debajo de las piedras, ni que mañana mismo tenga que acudir a la sede judicial con un maletín del que sobresalen billetes de 500 euros. De hecho, ninguno de los imputados por la trama de corrupción que tienen que enfrentarse al pago de una fianza ha depositado todavía un solo euro.

Y es que todos ellos han presentado diferentes recursos, los cuales pueden dilatar el pago de las fianzas incluso hasta después del verano, según fuentes judiciales. Normalmente, los recursos se presentan para anular o reducir la cantidad de dinero exigida, aunque en ocasiones se interponen con el único objetivo de alargar los tiempos del proceso.

Precisamente, la regulación del acceso a los recursos es uno de los caballos de batalla del ministro Caamaño, ya que quiere evitar que se conviertan en una herramienta para eternizar los procesos, con la sobrecarga de trabajo que ello supone para los tribunales. ¡Y sobre todo teniendo en cuenta cómo está el patio de la Justicia!

Hasta ayer, cuando recayó la fianza sobre Arturo González Panero, el juez Pedreira, encargado del caso en el TSJM, había impuesto fianza a tres de los imputados.

  • José Galeote. Con una cuantía de 1.000.000 de euros, le corresponde la segunda fianza más elevada de las que ha dictado el juez Pedreira por este caso. El ex concejal de Boadilla del Monte y padre de un eurodiputado 'popular' ha interpuesto el llamado 'recurso de reforma'. Este tipo de recurso se interpone ante el propio juez instructor, el cual tendrá que revisar su decisión sobre la fianza. En el caso de que este recurso no salga adelante, el imputado podrá dar un paso más y llevar la cuestión a la Sala Civil y Penal del TSJM, que tendría que decidir sobre la fianza y su cuantía. Este nuevo recurso, sumado a los plazos de presentación, al tiempo de reparto dentro de los tribunales, a los plazos de decisión, etcétera, sirven para explicar las razones de tanta tardanza.
  • Alberto López Viejo. Sobre este diputado del PP en la Asamblea de Madrid y ex consejero de Deportes en la Comunidad ha recaído una fianza de 750.000 euros, ante la que ha interpuesto un recurso de reforma, al igual que ha hecho José Galeote.
  • Benjamín Martín Vasco. Este diputado autonómico madrileño se enfrenta a una fianza de 955.000 euros, de acuerdo a la decisión de Pedreira. Para evitarlo ha preferido presentar un 'recurso de apelación', el cual llega directamente a la Sala Civil y Penal del TSJM, sin pasar antes por el propio juez instructor que lleva la causa, como en los dos casos anteriores. Martín Vasco ha querido saltarse este paso porque tal vez no quiera saber nada más de Pedreira, según bromeaban en sede judicial.
  • Arturo González Panero. La cuarta persona sobre la que ha recaído una fianza es Arturo González Panero, quien todavía no ha movido ficha, ya que la cuantía de la fianza (1.800.000 euros) se anunció ayer, por lo que ahora dispone de un plazo de cinco días naturales a partir de la notificación para presentar su recurso, por lo que habrá que esperar unos días para saber qué ocurre, aunque fuentes judiciales apuestan a que seguirá el camino de sus compañeros.

¿Y qué ocurre si no hacen efectiva la fianza?

En este punto, habría que distinguir entre dos tipos de fianzas. Y esto es fundamental porque ambas se diferencian en una cosa importante: la posibilidad de acabar en la cárcel.

  • La primera es aquella que trata de asegurar la presencia de un imputado durante todo el proceso y evitar su fuga. El juez acuerda la libertad provisional y el pago de una cantidad como alternativa a la prisión y, en este caso, si no la hace efectiva, el afectado puede ir a la cárcel. Debe ser una cantidad suficientemente elevada como para haga difícil que el acusado se escape, que le duela perder la fianza.
  • La fianza que se ha impuesto a los implicados en la vertiente madrileña del 'Caso Gürtel' pertenece al segundo grupo, que es la que trata de garantizar el pago de las responsabilidades civiles derivadas del delito. Con esta decisión el juez pretende que, en el caso de ser hallado culpable, el imputado haga frente a la devolución del dinero sustraído, al pago de indemnizaciones, multas, etcétera.
  • Si el acusado no afianza la cantidad que se le pide, no por ello pierde su libertad, sino que se producirá el embargo de sus bienes por la cantidad que ha sido fijada.

    Hay diferentes fórmulas para abonar la fianza. Se puede pagar en metálico, a través de un fiador que se haga cargo, a través de bienes que tengan ese valor, etcétera. Sin embargo, no es raro que los acusados escondan sus bienes para no ser embargados, según recuerdan fuentes cercanas a la Fiscalía Anticorrupción. De hecho, en ocasiones, la administración de Justicia se ve obligada a investigar para verificar si el acusado tienen bienes ocultos o no.

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