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Guía de adaptación a la guerra moderna

  • La participación de los civiles se ha incrementado
  • En los conflictos internos han surgido fenómenos nuevos como las narcoguerrillas
  • Los expertos aseguran que los estados deberían poner más de su parte
Por ÁLVARO LLORCA (SOITU.ES)
Actualizado 13-08-2009 13:09 CET

Hace 60 años se firmaron los cuatro Convenios de Ginebra, aquellos que ponen límites a la guerra y en los que se basa el Derecho Internacional Humanitario (DIH). Sin embargo, 60 años es mucho tiempo y desde entonces han cambiado los conflictos armados, de forma que los criterios que aparecen en los Convenios han podido quedar un tanto obsoletos. Éstas son algunas de las lagunas que han salido a la luz en este tiempo y que convendría no perder de vista si el DIH no quiere quedar 'demodé'.

(REUTERS)

Los conflictos han cambiado.

La distinción entre combatientes y civiles

Las guerras contemporáneas cuentan cada vez con un mayor número de bajas civiles. Aunque es muy difícil determinar la cifra exacta, se calcula que el 90% de las muertes en conflicto se producen entre civiles, según las aproximaciones de Cruz Roja Internacional (CICR). Y esto se debe a diferentes causas, como el tipo de armas que se utilizan, las estrategias poco respetuosas hacia los civiles de algunos países (como Israel), la existencia de milicias que buscan sembrar el pánico entre la población (como en Congo), las mejoras en la protección y en la seguridad de los militares...

En paralelo, se ha producido un aumento de la participación de los civiles en los conflictos, por lo que urge delimitar en qué medida se puede considerar como combatiente, por ejemplo, a una persona que presta cobijo en su casa a los guerreros, o que colabora en la fabricación de armamento. La situación es tremendamente compleja ya que, según Marçal Izard, representante de CICR, hay casos, como en Colombia, en la que los civiles se ven obligados a alimentar a las partes en conflicto. ¿Convierte eso a una persona en cooperante? Izard cree que no.

Una prueba de la dificultad de lidiar con esta materia es que el CICR trabajó durante seis años en la elaboración de una 'Guía para interpretar la noción de participación directa en las hostilidades según el derecho internacional humanitario', que vio la luz hace un par de meses, en la que se recogen las recomendaciones oficiales del organismo acerca de cómo debería interpretarse, con arreglo al DIH, la noción de participación directa en los conflictos armados contemporáneos.

El carácter interno de los conflictos

En los convenios originales, de 1949, sólo un artículo se refería a los conflictos internos, a aquellas guerras en las que no tomaban parte dos estados diferentes. En alguna medida, esta carencia se subsanó en el año 1977 mediante la adopción de tres protocolos que llevaban al terreno interno algunos de los artículos que antes sólo se referían a las guerras internacionales. Sin embargo, el número de esos conflictos internos no ha dejado de crecer. Congo, Yemen, Chad, Sudán, e incluso Irak tras la retirada de los estadounidenses, sirven como ejemplos de esta tendencia.

A pesar de esas adaptaciones que se realizaron en el año 1977 sigue habiendo detalles mejorables. Por ejemplo, la expansión de los grupos criminales organizados, que en su agenda incluyen de forma estructurada el uso de la violencia, como en el caso de la piratería o la narcoguerrilla, debería hacer pensar en la posibilidad de dar un contenido más amplio al término 'combatiente', incluyendo a "actores violentos organizados", según opina Manuel Sánchez-Montero, director de Acción Humanitaria y Desarrollo de la Fundación para las Relaciones Internacionales y el Diálogo Exterior (FRIDE).

(EFE)

Munición entre los escombros Gaza.

Empresas militares y de seguridad privada

Hace menos de un año 17 países suscribieron un documento en el que se reconocía que "en los conflictos armados, las funciones de combate deben permanecer dentro del ámbito de responsabilidad de los Gobiernos y no se deben externalizar a contratistas privados", según dijo entonces Philip Spoerri, director de Derecho Internacional del CICR. Este documento no tiene mayor validez jurídica que el de unas simples recomendaciones, pero deja bien a las claras que ni las compañías privadas ni los Estados contratantes pueden sustraerse a las obligaciones contenidas en las Convenciones de Ginebra, y que deben responder ante ellas, a pesar de su carácter privado.

Marçal Izard no cree que este documento dé el salto y acabe convirtiéndose en una nueva resolución, pero opina que se ha convertido en un manual que ningún Estado podrá ignorar a partir de ahora, para evitar escándalos como el de la compañía estadounidense Blackwater.

Los desplazamientos internos

"El DIH se conculca con regularidad", por ejemplo, con "el desplazamiento masivo de civiles", según ha reconocido el presidente de Cruz Roja. Con esta afirmación Jakob Kellenberger quiere llamar la atención sobre el modo en que, de forma creciente, las partes en conflicto se dedican a amenazar a la población para que abandonen sus hogares. "En Colombia, por ejemplo, se ha llegado a los tres millones de desplazados internos", según reconoce Marçal Izard. Las razones que explican estos desplazamientos forzados son muy diversas y varían según el conflicto. En ocasiones se trata del afán de hacerse con una zona con importantes recursos naturales o con mucha importancia estratégica, entre otros motivos. "Pero ninguno de ellos es válido", según se encarga de subrayar Marçal Izard.

Según este representante de Cruz Roja Internacional, en este caso no habría que tomar ninguna resolución ni un nuevo protocolo, ya que los Convenios de 1949 son bien claros al respecto al prohibir cualquier amenaza contra la población civil. De hecho, está permitido que las partes en conflicto avisen o recomienden el abandono de sus hogares a los civiles si han planeado un ataque contra una base militar cercana, o se puede promover la evacuación temporal de una zona en la que se esté librando un combate, siempre y cuando se facilite el regreso de las personas afectadas. "Y esto no se cumple", sentencia Izard.

(EFE)

Aviones F-15.

La pertinencia del DIH

El presidente del CICR, Jakob Kellenberger, hizo un importante ejercicio de realismo y reconoció que "en los últimos años se ha puesto en tela de juicio la pertinencia del DIH". Estas dudas se extendieron, sobre todo, a raíz de los atentados del año 2001 cometidos contra las Torres Gemelas en Nueva York. Entonces se dispararon las dudas: ¿En qué medida se pueden equiparar estos conflictos a las guerras entre Estados? Si se detiene a los autores, ¿deben ser tratados como prisioneros de guerra?

Esta guerra contra el terror ha dado pie a diferentes interpretaciones, algunas de las cuales son tristemente conocidas, como los casos de Guantánamo o Abu Ghraib. La situación actual ha servido como pretexto a ciertos Estados para no respetar la ley, según ha reconocido el presidente del CICR. "Las convenciones no han dejado de ser pertinentes, pero es cierto que han perdido cierta eficacia. En primer lugar, debido a la aparición de actores no formales, que no se consideran ligados a los principios de 1949. Y, segundo, porque en algunas ocasiones los propios estados garantes han sido los primeros en violar esas convenciones", según nos explica Manuel Sánchez-Montero.

Desde el punto de vista de este especialista, el DIH debería seguir evolucionando a través de dos vías: "Por un lado, y con un carácter más técnico, podrían recogerse legalmente los nuevos supuestos que han ido apareciendo con el tiempo. Y, por otro lado, desde una perspectiva política, los estados deberían reafirmar su compromiso con los valores humanitarios, ya que sólo siendo coherentes con tales principios podremos exigir respeto". "Ampliemos, pero apliquemos", concluye Manuel Sánchez-Montero.

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