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caso tebeto

El PSC cuestiona la meticulosidad del juez ponente, que cree que debió inhibirse

EFE
Actualizado 15-09-2009 16:20 CET

Las Palmas de Gran Canaria.-  El portavoz socialista en el Parlamento de Canarias, Santiago Pérez, cuestionó hoy la meticulosidad, escasa a su entender, de la labor del juez ponente de la sentencia del "Caso Tebeto", Francisco Gómez Cáceres, quien opinó además que debió inhibirse en el caso por ser amigo del demandante.

(EFE)

El diputado canario Santiago Pérez. EFE/Archivo

"He constatado, al estudiar la sentencia, que hay algunos asuntos a los que el magistrado ponente y presidente de la sala se refiere como si estuvieran probados y yo no los veo probados por ningún lado", recalcó Pérez en una rueda de prensa convocada en Las Palmas de Gran Canaria en que se mostró dispuesto a cumplir su anuncio de hablar de sus dudas sobre el trabajo judicial hecho en este caso.

Un caso en el que Gómez Cáceres, que "debió inhibirse", según Pérez, "porque se trata de un hecho casi notorio y público que tiene una relación de amistad con el señor Bittini", beneficiario de una sentencia que le otorga el derecho a recibir una indemnización de 103 millones de euros de la Comunidad Autónoma, no verificó -dijo- como debiera varios de los argumentos en que se basó su resolución.

Cuestiones -afirmó- como que Gómez Cáceres no se percató de que, si bien en 1982 Bittini solicitó un permiso de investigación sobre recursos mineros en la zona de Tebeto para una superficie equivalente a 36 campos de fútbol, cuando años más tarde pidió autorización para explotar los hipotéticos recursos del lugar sólo lo hizo para una parte equivalente a 6 campos, pese a lo cual reclamó una indemnización como si lo hubiera pedido para el total.

"Y el informe pericial que aportó lo aporta como si él hubiera perdido el negocio de explotar todo el yacimiento minero existente en 36 campos de fútbol, y esto cualquier juez meticuloso lo habría detectado", consideró el portavoz parlamentario.

Rechazó, además, que "el señor magistrado, en su línea argumental, le atribuye al Gobierno de Canarias una estrategia, una maquinación para dejar en el dique seco los derechos que el magistrado cree que corresponden a Bittini: el derecho a ser indemnizado, y por una cuantía como la que finalmente decretó".

Ello a pesar de que "no hay tal estrategia", aseguró Pérez, que explicó que el magistrado sostiene que el Gobierno "aparcó la solicitud del señor Bittini del año 1998, y, al tiempo, empezó a tramitar el Plan Insular de Ordenación de Fuerteventura para utilizarlo luego como obstáculo, porque el Plan Insular prohíbe las actividades extractivas en esa zona".

Y apostilló: "el señor magistrado debería saber, y a mí me asombra que no lo sepa, que los planes insulares de ordenación no los tramita el Gobierno de Canarias, no están a la disposición del Gobierno de Canarias, los tramitan los cabildos insulares, que son instituciones, a estos efectos, dotadas de autonomía, y que la propuesta de ordenación de la isla, lo que se llama el modelo territorial de la isla, lo define el cabildo".

Así mismo, "no debiera ignorar el señor magistrado que desde 1990, muchos años antes, las Normas Subsidiarias del municipio de La Oliva prohíben las actividades extractivas a cielo abierto en la zona de Las Montañetas de Tebeto", prosiguió.

"De tal modo -concluyó- que esa argumentación que utiliza el ponente, y luego aprueba, respalda, el tribunal, no tienen ningún fundamento, ningún fundamento".

A ello se une el hecho de que, a su entender y también al del Gobierno de Canarias, "el tribunal tenía la obligación de examinar muy concienzudamente la consistencia" del informe pericial que propuso Bittini, único que se tomó como referencia en el caso debido a que el Gobierno no presentó en tiempo y forma otro para contrarrestarlo.

Informe que atribuía al yacimiento afectado un rendimiento potencial muy superior al real, según se ha afirmado en otros estudios posteriores, y cuya veracidad el magistrado debió constatar antes de pronunciarse "porque estaba en juego una indemnización de más de 100 millones de euros contra la Hacienda Pública de Canarias, y no lo hizo", destacó.

"Y éste es uno de los motivos del recurso de casación que, a pesar de la extrema debilidad procesal del Gobierno de Canarias, el Tribunal Supremo debiera tomar en cuenta" cuando revise ahora el caso a instancias del Ejecutivo, agregó Pérez.

Un diputado que, subrayando que hacía una "reflexión jurídica" sobre una sentencia respecto a la cual tiene "una posición explícita" por considerarlo su obligación como parlamentario, dijo que existen más elementos cuestionables en el pronunciamiento judicial que impone la cuantiosa sentencia a la Comunidad Autónoma.

Porque, "cuando yo veo en la sentencia que el magistrado ponente le dedica una serie de elogios exagerados al informe pericial que aportó el señor Bittini me llama la atención, simplemente, me llama la atención", señaló, como ejemplo.

En todo caso, al preguntársele sobre si insinuaba que Gómez Cáceres incurrió en algún tipo de conducta delictiva para favorecer al que apuntó como su amigo, dijo "no estar en condiciones de hacer una aseveración en ese sentido".

"Me he limitado a exponer unos argumentos jurídicos que, para mí, merecen el contenido de esta sentencia", sostuvo.

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