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la rioja, tribunales

Conmutan la pena a los empresarios que contrataron al inmigrante fallecido en un accidente

Archivado en:
sucesos, justicia, la rioja, tribunales
EFE
Actualizado 18-01-2008 15:20 CET

Logroño.-  Un juzgado de Logroño ha sustituido la pena de 2 años de prisión a los tres empresarios de Baños de Río Tobía (La Rioja) -a quienes se denegó el indulto- que contrataron ilegalmente a un inmigrante ecuatoriano que murió en un accidente laboral.

(EFE)

El juez de la Audiencia Provincial de Logroño, Alfonso Santiesteban.

Según el auto, al que tuvo acceso EFE, se sustituye la pena de dos años de prisión impuesta a Javier Amutio Sobrón, Miguel Amutio Sobrón y Tomás Sauri Amutio Olave por una multa de 1.460 cuotas (dos por cada día de prisión sustituido) a razón de 6 euros cada cuota,lo que suma 8.740 euros de multa para cada uno de los condenados.

Un Juzgado de Logroño condenó en junio de 2006 a dos años de cárcel por un delito de contratación ilegal a Tomás Sauri, Javier Amutio y Miguel Angel Amutio, y a un año más de prisión por un delito de imprudencia grave, además de 150.000 euros de indemnización a la familia del fallecido, Juan Carlos Vallejo, de 20 años.

El Juzgado de lo Penal nº 2 sustituye además la condena de un año de prisión por imprudencia grave por trabajos en beneficio de la comunidad que "se desarrollarán previa entrevista con el Servicio Social Penitenciario en instituciones o actividades de ayuda a personas inmigrantes", según el auto.

También impone a los tres condenados su participación en un curso de Seguridad e Higiene en el Trabajo y Prevención de Riesgos Laborales, del que se excluye a Tomás Sauri por razones de edad, según el auto judicial.

El juez considera procedente la sustitución de la pena porque "no se trata de reos habituales", por la "naturaleza" de los delitos y por el "arraigo social y circunstancias personales" de los condenados, "empresarios de Baños de Río Tobía con un considerable número de trabajadores a su cargo".

El juez, que razona en el auto su potestad para sustituir penas de prisión que no excedan los dos años a los reos no habituales, invoca además el artículo 25 de Constitución Española que señala que las penas deben estar orientadas hacia la reeducación y reinserción social.

Los hechos que han generado este auto judicial se remontan al mes de agosto de 2003, cuando el ecuatoriano Juan Carlos Vallejo, de 20 años, se encontraba pintando un edificio propiedad de los acusados, tras haber sido contratado por el padre sin estar dado de alta en la seguridad social ni tener permiso de trabajo.

El cadáver fue hallado por uno de los hijos, que había entrado en el edificio para coger embutidos que la familia almacenaba allí y, en un primer momento, dijo que el muerto era un ladrón, según coincidieron en su declaración los guardias civiles que declararon como testigos.

La condena de los tres empresarios generó un movimiento de solidaridad en Baños de Río Tobía, muchos de cuyos ciudadanos, encabezados por su alcalde, pidieron el indulto, solicitud que fue apoyada por el presidente de La Rioja, Pedro Sanz.

La petición de indulto fue rechazada por sindicatos, partidos políticos y organizaciones sociales y finalmente el Consejo de Ministros del 29 de junio de 2007 lo denegó.

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