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fiscalidad vasca

La CE incide en la ilegalidad de las vacaciones fiscales y las diputaciones vascas niegan sus argumentos

EFE
Actualizado 15-01-2008 19:19 CET

Luxemburgo.-  La Comisión Europea reiteró hoy que las ayudas conocidas como "vacaciones fiscales" vascas son ilegales y deben ser devueltas, pero las diputaciones provinciales rechazaron sus argumentos e insistieron en que la recuperación de los fondos es contraria al principio de seguridad jurídica.

(EFE)

El diputado general de Guipuzcoa, Markel Olano, en una reciente intervención pública. La Comisión Europea ha reiterado la ilegalidad de las ayudas conocidas como "vacaciones fiscales" vascas, concedidas en Álava, Guipúzcoa y Vizcaya en los 90 a empresas de nueva creación.

El Tribunal de Primera Instancia de la UE inició hoy una vista, que se alargará hasta el jueves, en la que analizará los recursos de las tres diputaciones forales vascas y la organización empresarial Confebask contra varias decisiones de la Comisión Europea por las que declaró ilegales el marco de ayudas fiscales a las empresas aplicado en las tres provincias vascas en la década de los noventa.

El objetivo de las diferentes ayudas -exención del Impuesto sobre Sociedades a las empresas de nueva creación durante diez años, créditos fiscales del 45 por ciento y reducciones en la base imponible del citado tributo- era favorecer la implantación de nuevas empresas en la región.

La primera sesión del juicio se centró en la exención del Impuesto sobre Sociedades, diseñada para las empresas nacidas en 1993 y 1994, siempre que contaran con un capital mínimo inicial de 20 millones de pesetas, acometieran antes del fin de 1995 una inversión de al menos 80 millones de pesetas y crearan 10 nuevos puestos de trabajo.

La primera denuncia contra estos incentivos fiscales se presentó en 1994, pero hasta 2001 Bruselas no llegó a la conclusión de que suponían una ayuda de Estado incompatible con el mercado común.

El ejecutivo comunitario conminó ese año a España a poner fin al sistema y a recuperar las ayudas entregadas.

El letrado que representa a las diputaciones de Álava, Guipúzcoa y Vizcaya y al Gobierno vasco hizo hincapié en los numerosos fallos de procedimiento en que incurrió la Comisión e insistió en que Bruselas no advirtió de que las ayudas podrían ser ilegales tras su primer análisis, a partir de la denuncia de 1994.

Según este abogado, las empresas beneficiarias no podían prever en ningún caso que la Comisión acabaría reclamando la devolución de los fondos.

El representante legal de las tres diputaciones calificó de "irrazonable" el plazo de 79 meses invertido por la Comisión en evaluar los incentivos y lo consideró un incumplimiento del deber de diligencia.

El letrado explicó que las autoridades vascas tenían la "certeza" de que las ayudas eran válidas, dado el silencio de la Comisión, y por eso aprobaron en 1996 nuevos incentivos similares -los créditos fiscales del 45 por ciento y la reducción de la base imponible del Impuesto sobre Sociedades-.

Los expertos legales de la Comisión reconocieron su tardanza en determinar la ilegalidad de la exención fiscal, que justificaron en parte por la nula colaboración de las autoridades españolas.

Según los abogados comunitarios, las Haciendas forales no comenzaron a facilitar información sobre las empresas beneficiarias de las ayudas y el montante de los fondos entregados hasta el año pasado, después de varias sentencias condenatorias de la Justicia europea contra España por este asunto.

Insistieron en que las ayudas son ilegales, pues afectan a la competencia dentro del mercado común y suponen una pérdida de ingresos estatales, y en que no hay motivo alguno para perdonar a las empresas su devolución.

Pero desde la patronal vasca (Confebask) consideraron que exigir a los beneficiarios que devuelvan unos fondos recibidos y utilizados "de buena fe"supone la ruptura del principio de "confianza legítima".

El letrado de los empresarios recalcó, asimismo, que las subvenciones controvertidas eran "muy semejantes" a otras que se concedían en territorios vecinos, en particular en el territorio de fiscalidad general en España, así como en Francia, Luxemburgo o Italia, y la Comisión no incoó ningún procedimiento.

Debido al rechazo de la Comisión Europea a la participación de Confebask en este proceso, el Tribunal solicitó a la organización empresarial que presente en el plazo de diez días pruebas de que entre sus miembros figuran empresas beneficiadas por las ayudas en cuestión.

En el proceso también interviene la comunidad autónoma de La Rioja, que promovió las denuncias contra los regímenes fiscales vascos y que apoya al ejecutivo comunitario.

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