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p.vasco, consulta

El Consejo de Estado dice que los vascos no pueden decidir por todos los españoles

EFE
Actualizado 03-07-2008 18:35 CET

Madrid.-  El Consejo de Estado considera que las cuestiones sobre las que el lehendakari Juan José Ibarretxe pretende consultar a los ciudadanos vascos requieren "una decisión soberana del pueblo español" y que el cuerpo electoral autonómico "no puede condicionar las decisiones de interés 'de todos los ciudadanos'".

Así se pronuncia este órgano en un dictamen, al que ha tenido acceso Efe, en el que estima que "existen argumentos jurídicos suficientes" para que el Gobierno interponga un recurso de inconstitucionalidad contra la Ley del Parlamento Vasco que convoca una consulta -que se celebraría el próximo 25 de octubre en el País Vasco- sobre un diálogo para la paz y la normalización política.

El dictamen añade que la Ley aprobada el pasado viernes por la Cámara de Vitoria "pone en cuestión el fundamento mismo del orden político y jurídico del Estado en su conjunto" y vulnera "el orden constitucional de competencias".

Por ello, "resulta necesaria" la interposición por parte del Gobierno de un recurso ante el Tribunal Constitucional contra la citada Ley "a fin de evitar la adopción de cualquier disposición en su desarrollo que, caso de ser dictada, también resultaría afectada por los mismos motivos de inconstitucionalidad".

"El objeto de la consulta (...) trasciende el ámbito de interés y de competencias de la Comunidad Autónoma, afecta al interés del Estado y de los demás territorios de España", dice el Consejo de Estado, que agrega que la admisión de la consulta "pondría en riesgo el orden constitucional del Estado y las bases mismas en que se asienta".

Esas bases, puntualiza el dictamen, son el artículo 1.2 de la Constitución, "que afirma la soberanía nacional del pueblo español y no de fracciones del mismo", y el artículo 2 del mismo texto, "que fundamenta la Constitución en la unidad de la Nación española".

En este sentido, el Consejo de Estado afirma que "la autonomía política no puede legitimar el pronunciamiento de una parte del electorado acerca de una decisión de orden constitucional que afecta a aspectos esenciales de todo el Estado y a todos los poderes públicos en general".

El dictamen cita varias sentencias del Tribunal Constitucional, entre ellas una muy reciente sobre la reforma del Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana, en la que se señalaba que "autonomía no es soberanía y, dado que cada organización dotada de autonomía es una parte del todo, en ningún caso el principio de autonomía puede oponerse al de unidad".

En otra sentencia citada, el TC decía que la soberanía nacional "no es el resultado de un pacto entre instancias territoriales históricas que conserven unos derechos anteriores a la Constitución y superiores a ella, sino una norma del poder constituyente que se impone con fuerza vinculante general en su ámbito, sin que queden fuera de ella situaciones históricas anteriores".

El Consejo de Estado recuerda que el objetivo de la consulta impulsada por Ibarretxe es "alcanzar un acuerdo de normalización política en el que se establezcan las bases de una nueva relación" entre el País Vasco y el Estado, lo que supondría un cambio de la articulación del Estado y de las entidades territoriales que "llevaría a una confrontación con la Constitución vigente".

Añade que la propia Constitución prevé que cualquier modificación de la misma debe ser ratificada en un referéndum "con participación de todo el cuerpo electoral", a la vez que excluye la "iniciativa popular" como impulsora de las reformas constitucionales.

Admitir la consulta supondría, en suma, "aceptar que una fracción del electorado pudiera, en hipótesis, abrir un auténtico proceso constituyente, expresándose, con crudeza, no sólo la tensión entre una democracia representativa y los instrumentes de participación directa, sino también entre el pueblo español como titular de la soberanía nacional y una parte del mismo".

Aparte de estas consideraciones, el Consejo de Estado afirma que en la Ley concurren "distintos vicios de incompetencia" que conducen a su inconstitucionalidad, entre ellos sustituir la autorización del Estado por la del Parlamento vasco para celebrar la consulta o atribuir al lehendakari su convocatoria.

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