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El Tribunal Supremo anula el primer Plan Nacional de Asignación de CO2

SERVIMEDIA
Actualizado 30-10-2008 12:05 CET

MADRID.-  La Sala de lo Contencioso-Admnistrativo del Tribunal Supremo ha anulado el Plan Nacional de Asignación de CO2 diseñado por el Gobierno para el periodo 2005-2008.

Los magistrados de la Sala de lo Contencioso- Administrativo, presididos por el juez Mariano de Oro-Pulido, han decidido estimar el recurso interpuesto por Endesa contra el acuerdo del Consejo de Ministros de 21 de enero de 2005 por el que se aprobó el Plan Nacional de Asignación de CO2.

El Plan Nacional de Asignación de CO2 regula la asignación individual de derechos de emisión de gases de efecto invernadero para las empresas y estableció las normas del régimen de comercio de los citados derechos de emisión de gases.

Además de anular el citado plan, el Alto Tribunal ordena al Gobierno realizar una "nueva asignación individual de derechos de emisión".

Endensa recurrió en marzo de 2005 el Plan Nacional al enteder que su aprobación pecó de "falta de motivación" y por "la ausencia de justificación" sobre cuál fue la metodología empleada para la asignación de los derechos de emisión a cada empresa. En concreto, la eléctrica argumentó que, en la asignación individual para el trienio 2005-2007, el Gobierno realizó una estimación de la oferta y demanda de electricidad en tal periodo "sin especificar el cálculo concreto de tal estimación".

Por otro lado, Endesa alegó que la medida del Gobierno vulnera "el principio de seguridad jurídica porque perjudica a las empresas que hicieron inversiones en plantas de generación eléctrica por carbón". Además, el recurso asegura que el Plan vulneró "el principio de neutralidad tecnológica" al premiar a las empresas de generación eléctrica menos contaminantes, "lo que podría implicar una ayuda de Estado" contraria a las directivas de la Comisión Europea.

Por último, Endesa señaló que el Plan Nacional de Asignación de CO2 "ha de tener en cuenta las observaciones del público" y, en esta ocasión, la norma se aprobó "sin que se haya llevado a cabo el trámite de información pública".

En la sentencia hecha pública hoy, los magistrados dan la razón a Endensa y anulan el Plan Nacional de Asignación de CO2 al considerar que en esta norma no hubo "explicaciones suficientes" y que la redacción del mismo dejó "lagunas". En concreto, se quiere evitar que haya ventajas o discriminaciones injustificadas.

El tribunal alude a una sentencia similar del Tribunal de la UE tras un recurso de Alemania contra una decisión de la Comisión Europea sobre el plan germano. El Tribunal de la UE anuló parte de la decisión de la Comisión por incumplir su deber de motivación y el principio de igualdad de trato.

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